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Uno de las aves domésticas entre las manos de su dueño Javier Carrion
Ley de Bienestar Animal: las especies de pájaros prohibidas en los hogares y la laguna legal existente

Ley de Bienestar Animal: las especies de pájaros prohibidas en los hogares y la laguna legal existente

La nueva normativa entrará en vigor en apenas unas semanas e introducirá novedades en la tenencia de aves en casa

D. Merino

Jueves, 7 de septiembre 2023, 18:51

Una de las leyes que más revuelo ha causado en los últimos meses es la Ley de Bienestar Animal, una normativa que entrará en vigor el próximo 29 de septiembre y que tiene en vilo a gran parte de la población, entre otras cosas, por las posibles consecuencias que puede tener en todos aquellos que tengan animales domésticos en sus casas o quieran tener uno en un futuro cercano. Y es que no es para menos ante el posible tsunami que la medida puede tener en la tenencia de mascotas, las normas para su cuidado y un seguro de responsabilidad civil del que todavía se desconocen algunos datos.

Entre las muchas novedades que la nueva ley introduce, uno de los puntos más conflictivos es el tener que notificar los animales de compañía que se tienen en propiedad e identificar a la mascota para que las autoridades competentes puedan tener un registro de todas ellas en lo que se ha denominado 'listado positivo'. Algo que en función de la animal que se tenga, puede afectar considerablemente al dueño y acarrear cuantiosas multas.

Dentro de una esfera concreta de la sociedad, concretamente aquellos que tengan pájaros, en función de la especie que se tenga puede generar cierta duda sobre la tenencia legal y el mantenimiento del mismo. Y es que entre las novedades que introduce la ley, destaca la prohibición de la captura, tenencia, cría y comercio de aves silvestres, salvo que se trate de especies autorizadas por la normativa autonómica o estatal.

Esta prohibición también afecta a las aves que viven en libertad en el medio natural, como jilgueros, verderones, pardillos o pinzones, entre otras. El objetivo es evitar el expolio y la depredación de la fauna silvestre, así como el riesgo sanitario y ambiental que supone su introducción en el ámbito doméstico.

Sin embargo, la ley no prohíbe la tenencia de aves domésticas o exóticas que se hayan criado en cautividad y que cuenten con los documentos que acrediten su origen legal. Estas aves deben estar identificadas mediante anilla o microchip y registradas en el correspondiente censo municipal. Entre las especies más comunes que se pueden tener como mascotas se encuentran los periquitos,los canarios, los agapornis, los loros o las cacatúas.

No obstante, en caso de que se tenga un animal prohibido, se tendrá que informar a la autoridad medioambiental correspondiente de la comunidad autónoma para informar de su especie y que pueda mantener la condición de animal de compañía.

Por último, la normativa establece algunas condiciones mínimas de bienestar para las aves domésticas o exóticas que se tengan en casa, tales como disponer de un espacio adecuado a su tamaño y necesidades, proporcionarles una alimentación equilibrada, mantener una higiene adecuada del hábitat y del animal, evitarles situaciones de estrés y proporcionarl al animal la atención veterinaria adecuada.

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