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Las nuevas razas de perros peligrosos según la nueva Ley de Bienestar Animal

Las nuevas razas de perros peligrosos según la nueva Ley de Bienestar Animal

La normativa se aplica también a mestizos que compartan características físicas con estas razas

Clara Alfonso

Valencia

Miércoles, 27 de septiembre 2023, 20:10

Con la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal, existen multitud de comportamientos por parte de los dueños que van a ser sancionados. Esta medida trascendental pretende demostrar un creciente compromiso por asegurar condiciones de vida adecuadas para todas las criaturas, y aborda una multitud de comportamientos por parte de los dueños que anteriormente pasaban desapercibidos.

Entre otras medidas, como las que enduceren las penas y multas en los casos de maltrato y abandono, la obligatoriedad de realizar un curso de formación o la limitación a la hora de dejar al animal solo en casa, se une una ampliación en la lista de perros potencialmente peligrosos (PPP).

Las ocho razas más 'peligrosas'

Se considera que los Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) poseen características físicas y conductuales que los hacen más propensos a representar un riesgo para la seguridad de las personas y otros animales. En España, existe una lista concreta de razas que cumplen con dichas características, según la Real Sociedad Canina Española (RSCE):

-Rottweiler

- Pit Bull Terrier

- American Staffordshire Terrier

- Dogo Argentino

- Staffordshire Bull Terrier

- Fila Brasileiro

- Akita Inu

- Tosa Inu

No obstante, hay una serie de matices a tener en cuenta según el lugar de residencia. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana, se consideran razas PPP también el presa mallorquín, presa canario, dóberman y mastín napolitano; y en La Rioja también incluyen el dogo de Burdeos, mastín napolitano, presa canario, dogo del Tíbet, presa mallorquín y dóberman.

Según la comunidad autónoma, el importe mínimo de la cobertura del seguro de responsabilidad civil obligatorio variará.

Perros mestizos

Existen determinadas características físicas que se utilizan para clasificar a los perros potencialmente peligrosos que no son de raza, según el Anexo I de la Ley de Bienestar Animal. Estas incluyen: aspecto poderoso y atlético, cuello musculoso, estructura corporal robusta y ancha, altura entre 50 y 70 centímetros, pecho grande y profundo con costillas arqueadas, lomo musculado y corto, pelo corto, mandíbulas grandes y fuertes, cabeza voluminosa y cráneo ancho, mejillas musculosas y abombadas, y un perímetro del tórax entre 60 y 80 centímetros.

Así, todos los perros mestizos que cumplan con estas características, también deberán adaptarse a la normativa, que obliga a obtener una licencia administrativa o licencia PPP, cumplir con un determinado perfil y contratar el seguro para perros obligatorio.

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