EUROPA PRESS
MADRID
Miércoles, 30 de junio 2021, 16:42
La venta de muchos productos de plástico de usar y tirar estará prohibida desde el 3 de julio en toda la Unión Europea, mientras que otro amplio listado tendrá que modificar su marcado en las etiquetas. El catálogo de productos viene recogido por la Directiva de 5 de junio de 2019 sobre la reducción del impacto de determinados productos de plástico e incluye los platos y cubierto de un solo uso, pero va mucho más allá.
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La directiva, que aún no ha sido transpuesta por España y que se encuentra en un limbo legal pese a que el Gobierno asegura que es de obligado cumplimiento, estipula que queda prohibida la venta de cualquier producto fabricado con plástico oxodegradable, con microesferas de menos de 5 milímetros, bastoncillos de algodón, cubiertos de plástico, platos, pajitas, palitos agitadores de bebidas, el palo de los globos, los recipientes de poliestireno expandido y los vasos de ese mismo material.
Esta es la relación completa de productos prohibidos a partir del 3 de julio de 2021:
1) Bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de aplicación de la Directiva 90/385/CEE del Consejo (1) o de la Directiva 93/42/CEE del Consejo (2).
2) Cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos).
3) Platos.
4) Pajitas, excepto si entran en el ámbito de aplicación de las Directivas 90/385/CEE o 93/42/CEE.
5) Agitadores de bebidas.
6) Palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos, con excepción de los globos para usos y aplicaciones industriales y profesionales que no se distribuyen a los consumidores, incluidos los mecanismos de esos palitos.
7) Recipientes para alimentos, hechos de poliestireno expandido, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos que:
a) están destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar;
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b) normalmente se consumen en el propio recipiente, y
c) están listos para el consumo sin ninguna otra preparación posterior, como cocinar, hervir o calentar, incluidos los recipientes para alimentos utilizados para comida rápida u otros alimentos listos para su consumo inmediato, excepto los recipientes para bebidas, los platos y los envases y envoltorios que contienen alimentos.
8) Los recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.
9) Los vasos para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones
Adicionalmente, ese mismo día entran en vigor en el conjunto de la UE una serie de obligaciones de marcado para compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones; toallitas húmedas; productos del tabaco con filtros y vasos de bebida, que deberán llevar, en su envase o en el propio producto, una marca bien visible, claramente legible e indeleble que informe a los consumidores sobre los siguientes aspectos:
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a) las opciones adecuadas de gestión de los residuos del producto o los medios de eliminación de los residuos que deben evitarse para ese producto, en consonancia con la jerarquía de residuos; y
b) la presencia de plásticos en el producto y el consiguiente impacto medioambiental negativo de los vertidos de basura dispersa o de los medios inadecuados de eliminación de residuos del producto en el medio ambiente.
Esta directiva, según añade, también se aplicará desde el sábado a los productos que estén en stock y aún no haya sido vendidos o a los que puedan comprarse a través del comercio electrónico.
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