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Multa, teletrabajo | Multa de hasta 225.000 euros por saltarse la ley del teletrabajo

Multa de hasta 225.000 euros por saltarse la ley del teletrabajo

La Ley de Trabajo a Distancia está en vigor en España desde el pasado julio e incumplirla puede suponer un gran desembolso de dinero

T.V

Domingo, 3 de octubre 2021, 20:27

La pandemia nos cambió la vida y modificó muchos de los hábitos a los que estábamos acostumbrados, algunos tan arraigados como salir a la calle sin mascarilla o acudir a la oficina a diario a trabajar. Las nuevas medidas llevaron a muchos trabajadores a tener que sentarse frente al ordenador desde casa y olvidarse por un tiempo de desplazarse hasta su empresa para realizar su tarea.

Pero todo eso se ha acabado y con la pandemia bajo un aparente control en España, gracias a la inmunización de gran parte de la sociedad, la Ley de Trabajo a Distancia vuelve a poner en orden todo este asunto. La norma entró en vigor en España el pasado julio pero es desde este octubre cuando infringirla puede salir muy caro. El texto normativo prevé que a partir del pasado día 1, empresas que incumplan las condiciones recogidas en el acuerdo de teletrabajo pueden ser multadas por las autoridades con multas de hasta 225.000 euros.

La ley marca un documento que cada compañía deben negociar, redactar y firmar con sus empleados, en el que queden claras las condiciones del trabajo a distancia. Se trata de una serie de requisitos que han de cumplirse y cuya falta puede suponer una infracción de diversos grados de gravedad. Las infracciones leves estarían sancionadas con pagos de entre 70 y 750 euros; las graves de 751 a 7.500 euros y las muy graves de 7.501 y los 225.018 euros.

La ley deja un pequeño margen a empresarios y trabajadores y facilita que las compañías puedan ofrecer a sus empleados un día de teletrabajo que no incluya todos los requisitos del documento, que no tendrían que cumplirlas en esa jornada. Es importante tener en cuenta que esta norma se aplica a los trabajadores que realicen un mínimo del 30% de su jornada laboral en teletrabajo, con un periodo de referencia de tres meses.

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