LAS PROVINCIAS
Valencia
Jueves, 29 de julio 2021
Llega otra Operación Salida y otra Operación retorno y las carreteras se llenan de coches. Aparecen los atascos y con ellos las prisas y las imprudencias. La Dirección General de Tráfico alerta continuamente de las infracciones más habituales que hay en un intento de evitar que se produzca pero, cada año, inevitablemente, miles de conductores cometen alguna.
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Una de las que se producen a diario y que muchos no son conscientes de ellas son los adelantamientos. Tráfico recuerda una y otra vez que conducir por el carril equivocado conlleva una importante multa y advierte de dos de los comportamientos más recurrentes y que, ambos, son incorrectos: por un lado circular por el carril central o izquierdo y por otro adelantar por la derecha.
El 'síndrome del carril izquierdo', como lo denomina la DGT, consiste en circular por el carril central o izquierdo, de forma que se obstaculiza la vía al impedir el paso a otros conductores. De esta forma se fuerza por un lado a los conductores que van por la vía derecha a mayor velocidad que ellos a tener que realizar dos cambios de carril para poder adelantarlos o, por otro, se incita a esos conductores a realizar adelantamientos incorrectos por la derecha.
La DGT multa tanto uno como otro comportamiento. Circular por el carril izquierdo de forma continuada sin dejar adelantar está tipificado como una infracción grave por el Reglamento General de Circulación: no circular por el carril «situado más a la derecha» o no permitir el uso de las otras vías del mismo sentido «cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen» supone una sanción de 200 euros.
Pero adelantar por la derecha también está tipificado como infracción grave, por lo que la multa también es de 200 euros. De hecho, circular por el carril central o izquierdo de forma continuada y sin motivo aparente conlleva una sanción de 200 euros también, pero el adelantamiento por la derecha está más castigado, ya que además de la multa de 200 euros el conductor pierde cuatro puntos del carné por el riesgo que conlleva para la circulación.
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Existen tres supuestos en los que sí se puede proceder a realizar un adelantamiento por el carril de la derecha:
- Dentro de la ciudad, ya que se circula por el vial que más convenga para la marcha
- Cuando un vehículo indica un giro a la izquierda y ocupa el carril correspondiente para proceder a la maniobra
- En las retenciones o atascos, en los que no se tiene en cuenta como adelantamiento.
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