Los menores de edad pueden ser sancionados si no respetan las normas de la DGT. Damián Torres

La multa que te pondrá la DGT por una infracción de tu hijo

Los menores de edad pueden ser sancionados si no respetan la normativa de Tráfico

B. S.

Jueves, 19 de mayo 2022, 01:22

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha avisado a los conductores de patinetes eléctricos y, también, a sus padres sobre las posibles multas que puede acarrear hacer un mal uso de este dispositivo. Desde que estos vehículos entraran a formar parte de la jungla de asfalto de la ciudad, son muchos menores de 18 años los que cuentan con uno como medio de transporte.

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No obstante, Tráfico ha querido alertar que ser menor de edad no exime del cumplimiento de las normativas en la carretera. En caso de infracciones cometidas por conductores de VMP menores de edad, son los padres, tutores, acogedores y guardadores legales los que responden ante el incumplimiento de la ley.

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos. Si el conductor de este medio es menor, son los padres los que tendrán que pagar las multas en caso de no respetar la normativa. Las mutlas pueden ascender hasta los 1.000 euros en los casos más graves.

Las infracciones más habituales que cometen los conductores de VMP menores de edad y que son objeto de denuncia son conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, utilizar el teléfono móvil, circular por aceras y zonas peatonales, transportar a un pasajero o conducir de noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes.

Multas a patinetes

Los conductores de patinetes eléctricos deben hacer uso obligatorio del casos siempre que viajen sobre estos vehículos. No llevar la protección homologada conlleva un peligro, ya que los usuarios están completamente expuestos y desprotegidos en caso de accidente. Supone, asimismo, una multa de 200 euros.

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Además de llevar casco obligatorio, los conductores de patinetes eléctricos tienen que circular por la calzada a una velocidad máxima de 25 km/h y pueden ser sometidos a tests de alcoholemia o drogas.

Si el conductor es menor de edad debe tener en cuenta que se le aplica la 'tasa 0,0', una nueva normativa que entró en vigor el pasado mes de marzo y que no permite circular por las vías a los menores con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.

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Los conductores de patinetes tienen prohibido conducir haciendo uso del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La multa por utilizarlo es de 200 euros. Tampoco pueden llevar cascos o auriculares conectados a reproductores de sonido. En caso de ser detectados, pueden ser sancionados con 200 euros.

Es importante que los usuarios de VMP conozcan los lugares por los que pueden circular, para poder circular con seguridad y evitar accidentes. Los conductores de patinetes eléctricos, no pueden circular por aceras ni zonas peatonales, ni tampoco por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

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Bajo ningún concepto pueden utilizar el patinete para llevar a otro pasajero (o a más de uno). Este tipo de vehículos sólo está autorizada para transportar a una persona, por lo que incumplir la ley supone una multa de 100 euros.

Quienes se pongan al frente de uno de estos vehículos también deberán llevar encima un certificado de circulación. De hecho, el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogía el pasado mes de enero una nueva resolución de laDGT, por la que se aprobaba el nuevo manual para circular con patinetes. Según esta, los patinetes que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán contar con un certificado para circular. Además, se regulaba también cómo deberán ser los sistemas de frenado o de estabilización en aparcamiento, para no encontrar patinetes tirados en las aceras.

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Patinetes eléctricos (VMP): todas las normas que hay que saber

El manual de VMP incluye las características técnicas exigibles, la clasificación de este tipo de vehículos y los ensayos a los que deben ser sometidos para verificar dichas características. Además establece la obligación a los fabricantes o representantes autorizados a disponer de un certificado de circulación para una marca, modelo y versión concreta.

Una de las novedades es que no solo se recogen los requisitos técnicos que deben cumplir los VMP dedicados al transporte personal sino también de los VMP para transporte de mercancías y otros servicios, cuyas masas y dimensiones también se detallan en la Resolución.

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La resolución establece un régimen transitorio. Así, todos los VMP que se comercialicen a partir del 22 enero de 2024 deberán haber sido certificados y aparecerán en la web 'www.dgt.es/vmp'. Si bien, los vehículos comercializados hasta el 22 de Enero de 2024 podrán circular hasta la misma fecha del año 2027 aunque no dispongan de certificado.

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