Gasolinera con régimen de autoservicio. MIKEL FRAILE

La multa desconocida que te pueden poner en una gasolinera

¿Qué sanciones nos pueden poner por usar el móvil? ¿Es posible provocar un incendio?

M. G.

Lunes, 8 de marzo 2021

Alguna vez los conductores son multados por desconocimiento de las normas. Una de las sanciones de la DGT más desconocidas y también sobre la que hay muchas leyendas urbanas son las que se producen al repostar en una gasolinera mientras se hace uso del teléfono móvil. ¿Qué hay de cierto? ¿Qué multas nos pueden poner? ¿Es posible provocar un incendio?

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Lo primero es hacer una serie de puntualizaciones. La sanción en la gasolinera se puede poner cuando se usa el móvil mientras se está repostando, no en otros lugares de la gasolinera. Si se utiliza el teléfono mientras se echa gasolina, la multa puede ascender a los 100 euros.

Según la Dirección General de Tráfico, «el segundo párrafo del artículo 115.3 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, establece que los propietarios de aparatos distribuidores de combustible o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga si no está parado el motor y apagadas las luces de los vehículos, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles« debido al riesgo de ignición.

Si bien es bastante improbable que se produzca una deflagración por usar el móvil en una gasolinera, según los expertos, sí es peligroso que por el uso del teléfono nos despistemos y derramemos el combustible, lo cual sí generaría un riesgo potencial en la estación de servicio.

Nada tendría que ver esta multa con otra que también puede ocurrir en una gasolinera: la de conducir por este espacio utilizando el teléfono, lo que estaría sancionado con 200 euros y 3 puntos en el carnet.

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