![La multa por poner una tienda de campaña en las playas de Valencia](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202007/06/media/cortadas/policia-playa-kn8D-U110720381385LhE-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
![La multa por poner una tienda de campaña en las playas de Valencia](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202007/06/media/cortadas/policia-playa-kn8D-U110720381385LhE-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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LP.ES
Lunes, 6 de julio 2020, 20:31
Éste inusual verano no sólo tendremos que recordar las medidas de seguridad para evitar el contagio del coronavirus en las playas. Además, cabe recordar la normativa con respecto a lo que se puede hacer y lo que no en la costa valenciana.
En la ciudad de Valencia, está prohibido instalar tiendas de campaña o parasoles no que no tengan visibilidad a los lados en las playas. La Policía Local de Valencia podría considerarlo una infracción leve de acuerdo con la Ordenanza Municipal, y podría sancionar a la persona infractora con hasta 750 euros.
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En el caso de pernoctar en la playa, por ejemplo en dicha tienda de campaña, se podría considerar una infracción grave, con una sanción de hasta 1.500 euros. Realizar cualquier ocupación con instalación fija o desmontable sin contar con preceptiva autorización podría considerarse una infracción muy grave, con una multa de hasta 3.000 euros.
Algunas prohibiciones de la ordenanza pueden sorprender a los bañistas. Por ejemplo, también podría considerarse una infracción leve el uso de aparato sonoro o instrumento musical cuando moleste al resto de personas. Poner música con altavoces podría suponer otra multa de 750 euros. Otras infracciones leves incluyen el uso indebido de las duchas y lavapiés, así como lavarse en el mar con jabón o la evacuación fisiológica en el agua.
Limpiar los enseres de cocinar en las duchas o usar aparatos sonoros o instrumentos musicales en las playas que forman parte del Parque Natural de l'Albufera se considerarían infracciones graves, con multas de entre 751 euros y 1.500 euros.
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