Patxi Fernández
Madrid
Viernes, 1 de octubre 2021, 18:06
La última campaña de vigilancia en las carreteras de la DGT, realizada entre el 16 y el 22 de septiembre, se ha saldado con 6.840 multas, de las cuales cerca de 3.000 han sido a conductores que, de una u otra manera, estaban utilizando el móvil mientras circulaban. Este comportamiento está sancionado con una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carnéde conducir, aunque conla reforma de la Ley de Tráfico que fue aprobada el jueves en el Congreso la retirada de puntos se duplicará cuando entre en vigor la nueva norma.
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Tráfico incluye un matiz en el texto de la nueva Ley que cambia el concepto de los conductores por completo: sustituye la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil». Esto provocaba que muchos conductores se librasen de la multa al ser muy complicado para los drones captar el momento exacto del uso del teléfono móvil. Desde 2021 esto no será así y simplemente con «conducir con el móvil en la mano», se esté usando o no, ya supondrá una infracción con multa y pérdida de 6 puntos.
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En concreto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado un total de 304.126 vehículos que circulaban por carreteras convencionales y han efectuado 8.295 controles en los que han denunciado a 6.708 conductores por realizar acciones que suponen una distracción durante la conducción.
De las 6.840 denuncias interpuestas, casi el 43% (2.930) lo fueron por utilizar manualmente el teléfono móvil mientras conducían.
Más de 400 conductores (412) fueron sancionados por circular sin el cinturón de seguridad puesto o por abrochárselo mientras se conduce, generalmente cuando han sido vistos por los agentes.
Además, 327 conductores fueron sancionados por el uso de cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, distintos del teléfono móvil, una conducta que está prohibida porque también supone una distracción en la conducción.
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Uno de los aspectos que ha causado más controversia del proyecto legislativo del Gobierno es la planteada supresión de la posibilidad de que coches y motos pudiesen superar en 20 km/h el límite de velocidad en carretera convencional (es decir, de un carril por sentido y sin separación física entre ambos) al adelantar a otros vehículos.
Durante el debate del texto se aprobó una enmienda con la que decae esta medida, por lo que finalmente se mantiene el citado margen de 20 km/h adicionales para adelantar en carreteras convencionales, que proponía el Gobierno y que varios grupos habían criticado.
Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) se justificaba esta medida porque ya se aplica en otros países de la UE y con ella se pretendía reforzar el mensaje de que «adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal».
Otras de las acciones más sancionadas por implicar una distracción en la conducción son la lectura (145), la búsqueda de objetos (108), conducir comiendo (56), la utilización o manipulación de navegadores, pantallas de acceso a internet, reproductores de video o DVD (51) o distraerse con otros ocupantes del vehículo (47).
Además de todas estas acciones concretas, los agentes formularon 928 denuncias por otras infracciones que provocaban distracción en la conducción.
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