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Marta Palacios
Martes, 16 de mayo 2023, 01:47
Una infracción de tráfico acarrea una multa, que tiene un tiempo determinado para pagarla. Si se hace al momento, el conductor puede disfrutar de un descuento sin embargo, a medida que pasan los días se irá incrementando la cuantía por no cumplir con los plazos establecidos.
Pero, ¿qué pasa si el conductor no paga esa multa de la DGT? Si no lo hace, existe un procedimiento que le va a perseguir hasta que cumpla con su responsabilidad.
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Tal y como informan desde la web de Race, «la autoridad competente, primero, intentará por activa o por pasiva que pagues la cantidad pendiente; si no lo haces, o no puedes, existen otras vías de castigo que se te aplicarán. En cualquier caso, no te librarás fácilmente de pagarla».
En caso de no pagar después de los 45 días, indican desde Race, se abre la vía ejecutiva. «Esto implica que, como conductor sancionado, debes pagar la multa más un recargo del 5%».
Si con la vía ejecutiva y ese 5% de recargo sigues sin pagar, desde Race explican que será la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la que se haga cargo. «A través de una notificación de providencia de apremio te darán un nuevo plazo, pero con un recargo del 20%», añaden.
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Por último, si con todo el proceso anterior sigues se sigue sin pagar la deuda, el siguiente paso es un procedimiento de embargo de los bienes. Lo normal es que retiren el dinero de la cuenta corriente, de la pensión o del salario. Si no, ya se pasa al embargo de los inmuebles o propiedades que puedan cubrir la deuda.
¿Prescriben las multas? Race añade que la Ley de Seguridad Vial en el artículo 112 explica que para las infracciones leves la prescripción es de 3 meses, mientras que para las graves y muy graves es de 6 meses. Esto es desde el momento en que cometiste la infracción hasta que te la notificaron.
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