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Multa en un vehículo. Daniel Olivares
DGT | Llegan las multas de tráfico imposibles: infracciones que llegan de lugares donde no has estado

Llegan las multas imposibles: sanciones de tráfico que te mandan de lugares en los que no has estado

Qué hacer cuando un ayuntamiento te manda una multa por algo que no has hecho

REDACCIÓN

VALENCIA

Jueves, 24 de noviembre 2022

No es una situación habitual, pero se está produciendo, y cada vez de forma más frecuente. Un conductor recibe una multa en su domicilio procedente de un ayuntamiento diferente al de su lugar de residencia en el que se le notifica una sanción de tráfico o de aparcamiento. El problema radica en que ese conductor ni su vehículo han estado en esa localidad jamás, o no lo han estado en la fecha de la infracción, por lo que es materialmente imposible que haya podido cometer ninguna irregularidad, y por lo tanto es imposible que le hayan posido multar.

¿Qué se puede hacer? A la hora de pagar una multa, reclamar o recurrirla, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado, por eso es importante que antes de nada compruebes quién te ha puesto la multa.

Si la multa es de la DGT

La Dirección General de Tráfico aconseja que si te llega una multa es importante que, antes de pagarla o recurrirla, compruebes que es de la DGT, y que revises los datos y compruebes que toda la información sea correcta (los datos del vehículo, la descripción de los hechos y el importe de la multa).

Si la multa es de un ayuntamiento

Si la multa fuera de algún ayuntamiento o Comunidad Autónoma, te tienes que dirigir directamente a ellos, que te indicarán los medios que tienes para informarte, pagar la multa, o recurrirla.

Casos que se han producido

En los últimos meses se han producido varias situaciones en las que los afectados han recibido multas en sus domicilios sin haber estado en el lugar de los hechos. Se han remitido casos en Santiago de Compostela y en pequeñas localidades de Barcelona por aparcamientos incorrectos o por saltarse un semáforo en rojo, pero también se han dado casos en otros lugares cometidos por personas que, sencillamente, estaban en otro lugar, con su coche bien cerca y controlado.

Se conocen otros casos, como el de un periodista deportivo andaluz que fue multado en Bilbao mientras estaba trabajando en Jerez, o el de una persona que fue sancionada en Granada cuando no había pisado la ciudad en 15 años y ese día y a esa hora estaba en un colegio en el festival de hija, y en una ciudad diferente, según recoge Automovilistas Europeos Asociados en sendos casos del pasado.

Otro caso diferente, que se ha producido recientemente en Palma, es que la multa no se notifique correctamente, con lo que se pierde la oportunidad de pagarla con bonificación y comienzan a sumarse recargos. Pero este no es ese caso.

Cómo recurrir la multa: la prueba diabólica

Hay gente que paga la multa para evitar problemas, pero lo más lógico es recurrir la multa. Y aquí empiezan los problemas, derivados por la dificultad probatoria. ¿Cómo puedo probar que no estaba allí? Probar que una persona no se encuentra en un lugar y momento concreto es posible en algunos casos (presentando tickets de compra, por ejemplo), pero no siempre. Probar que el vehículo no se ha movido de tu ciudad, puede llegar a ser casi imposible.

Estamos ante la existencia de la prueba diabólica, en la que el sancionado debe demostrar que algo no ha ocurrido, invirtiéndose de esta mante la «carga de la prueba», que debería corresponder a quien ha de probar la existencia de algo, en este caso la infracción de tráfico.

Vídeo. Multa por los comentarios sexistas al volante

Si la denuncia la interpone un agente de tráfico, su palabra es prueba suficiente y no es necesaria prueba fotográfica o videográfica, aunque se puede solicitar una prueba documental en contrario a la Administración competente para contravenir la versión del agente. Si esta no existe, la delaración del agente constituye prueba válida, según explican desde varios despachos especializados en los recursos de multas.

Si la denuncia es captada por una cámara de tráfico o por un radar la multa suele llegar acompañada con la imagen del momento de la infracción, por lo que es más sencillo saber si es tu coche o si eras tú quien conducía en ese momento.

Si la denuncia la pone un agente de la ORA, la comprobación se realiza con una simple fotografía del vehículo estacionado con indicación del día, hora y lugar en que fue tomada y de la que se deduzca con claridad la conducta infractora.

Procedimiento sancionador: qué pasos seguir

Al recibir la multa se puede recurrir, es decir, pedir que se anule en la vía mediante un escrito de alegaciones, proponiendo los medios de prueba que estimemos oportunos. En este caso se pierde el derecho a la reducción del 50% de la cuantía de la multa.

Si la Administración rechaza las alegaciones dictará una resolución imponiendo una sanción, pero deja abierta la vía judicial para interponer una demanda ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo. Según explica Actúa Abogados, abonar la multa no implica el reconocimiento de los hechos ni impide interponer el recurso.

Si el recurso prospera y se declara nula la multa, la administración tendrá que devolver el dinero abonado junto con los intereses correspondientes.

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