![Estos son los nombres de niños y niñas prohibidos por ley en España](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2023/10/03/bebe-kjiF-U80563704742RQG-1248x770@Las%20Provincias-RVLQeDeOsZnsUQdwbsGFiYP-1200x840@Las%20Provincias.jpeg)
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Clara Alfonso
Valencia
Martes, 3 de octubre 2023, 21:23
La elección del nombre para un recién nacido es un momento único y lleno de emociones para los padres. Es un acto cargado de significado, donde se busca encontrar la perfecta combinación de letras que represente la identidad y el futuro del bebé.
En muchas ocasiones, la elección del nombre del nuevo miembro de la familia está influenciada por las tendencias y modas del momento. Así, los nombres de moda pueden surgir a partir de celebridades, personajes famoso, programas de televisión e incluso fenómenos culturales. Sin embargo, la ley establece ciertos límites.
En España, los nombres de los bebés se regulan en base a la ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil. La norma se ha actualizado en diversas ocasiones, adaptándose a los nuevos tiempos. De hecho, si bien hasta hace unos años, en España solo se admitían los nombres cristianos, ahora podemos conocer a niños que responden a nombres de personajes de ficción o artistas musicales, como Miley o Shakira.
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María José Carchano
Ahora, aunque la ley sea más permisiva, siguen existiendo algunos nombres prohibidos:
-Prohibición de usar el mismo nombre entre hermanos. La legislación española prohíbe que se le dé a un segundo hijo el mismo nombre que ya tenga un hermano, incluso si se traduce a otra lengua. Es decir, que si una familia ya tiene un hijo llamado Luis, no podrán ponerle a su segundo hijo, Lewis, que es una variante en inglés.
-Nombres con connotaciones negativas. El Registro Civil no permite nombres que tengan connotaciones negativas o que puedan atentar contra la dignidad del niño. Ejemplos como Hitler, Caín, Judas, Stalin u Osama Bin Laden están estrictamente prohibidos.
-Nombres que puedan causar mofas o burlas. Nombres como Loco o Caca, que podrían exponer al niño a situaciones de burla o mofa en la sociedad, también son rechazados.
-Límite en nombres compuestos. La ley establece un límite de un nombre compuesto o dos nombres simples para un niño. En el pasado, se permitían hasta tres o cuatro nombres, pero esta norma ha cambiado.
- Los apellidos no son nombres. Aunque te encante tu apellido, no puedes darle ese nombre a tu hijo, ya que la ley prohíbe nombres que hagan confusa la identificación.
- Restricciones en diminutivos. Los diminutivos como Andreita, Teresita, Pepita, Anita o Juanito no están permitidos.
- Prohibición de acrónimos. No se permite inscribir nombres que se basen en abreviaturas o siglas.
- Nombres de frutas. Nombres como Mandarina Sánchez o Pera Martínez no son aceptados en el Registro Civil.
- Evitar nombres de famosos y ciudades. Los nombres completos de personas famosas, nombres de ciudades o nombres que sean marcas comerciales no están permitidos. Sin embargo, si tu apellido coincide con el nombre famoso, este sí puede ser aceptado. Podría ser un buen ejemplo, Iker Casillas.
- Marcas y términos comerciales. Tampoco está permitido poner nombres de marcas como Gucci, Nutella, Nike o Dior. La razón detrás de esta restricción es evitar que los niños sean objeto de burlas o que su identidad esté fuertemente ligada a una marca o producto comercial.
Además, según la ley de 1958, «quedan prohibidos los nombres que hagan confusa la identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo». Asimismo, establece que no es posible cambiar el género en aquellos casos en los que no exista, Es decir, María sí que puede cambiarse a Mario, pero Marta no puede pasar a ser Marto para el género masculino. Tampoco puede usarse Juan para mujer y Juana para hombre.
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