La reforma de la Ley de Dependencia, cuyo anteproyecto ha sido aprobado por el Consejo de Ministros pero al que le queda un largo y complicado camino antes de poder entrar en vigor, suprime el régimen de incompatibilidades entre distintas prestaciones y permitirá a las personas recibir varias ayudas simultáneamente, por ejemplo, la teleasistencia, una plaza en un centro de día y la ayuda a domicilio, según ha explicado el ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy.
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El objetivo es «eliminar rigideces e ineficiencias» y mejorar la «flexibilidad» del sistema con el objetivo «no solo de atender a más personas» sino «hacerlo de tal manera que se garantice el derecho al bienestar, el derecho a la autonomía, el derecho a una vida independiente» y «avanzar hacia un modelo que permita que las personas permanezcan en su domicilio» el tiempo que deseen, con los apoyos y los servicios necesarios.
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Alfonso Torices
La Associació Catalana de Recursos Assistencials (Acra) ha considerado positivo que el proyecto estatal incorpore la compatibilidad del servicio de atención domiciliaria y el de centro de día, algo que han recordado que ya era posible en Catalunya.
El anteproyecto de reforma de la ley de dependencia es un borrador que todavía debe recibir una redacción definitiva ante de llegar al Congreso, por lo que está sujeto a cambios, y, además, para convertirse en realidad precisa ser aprobado por una mayoría del Parlamento, apoyo que aún no tiene garantizado.
La reforma incluye medidas como la asimilación de las personas a las que se les haya reconocido oficialmente una situación de dependencia (en cualquier grado) a una discapacidad del 33%.
Además, el servicio de ayuda domiciliaria podrá extenderse al entorno comunitario, con acompañamiento a compras, al médico, a gestiones o al centro de día y asimismo podrá haber un servicio autonómico de préstamo o cesión temporal de productos o elementos cuya disposición afiancen la autonomía del dependiente en su domicilio: sillas de ruedas, andadores, grúas, camas asistidas, etc.
El dependiente que tenga derecho a la asistencia personal podrá recibirla de las instituciones o como prestación económica para una contratación privada.
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Igualmente, se elimina el período de carencia de dos años establecido por Rajoy, que permitía a las administraciones no abonar dinero alguno al dependiente por los 24 primeros meses en espera de su reconocimiento. Cuando se apruebe la ley ya no habrá justificación legal para no abonar retroactivamente las prestaciones dejadas de percibir durante la espera, algo que en la actualidad retrasa el acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
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También se simplifican los trámites administrativos en la revisión del Programa Individual de Atención (PIA), al tiempo que se establece un procedimiento de urgencia para situaciones de especial vulnerabilidad, en la misma línea que la ley ELA, en caso de demencias, aislamiento social, violencia de género o precariedad económica, factores que permitirán reordenar el tratamiento de los expedientes.
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