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Miércoles, 5 de agosto 2020
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, afirmó la pasada semana que hay que hacer «cambios normativos» para establecer cómo actuar en las diversas situaciones en las que se produce la ocupación ilegal de viviendas.
Así lo aseguró en una entrevista a Antena 3, recogida por Europa Press, en la que aseguró que este asunto «no ha dejado nunca de ser motivo de preocupación» y en la que se ha mostrado abierto a llegar a acuerdos con el PP y Ciudadanos, que han presentado en el Congreso de los Diputados iniciativas para actuar con mayor rapidez.
«Lo estamos estudiando», ha indicado en relación a estas propuestas parlamentarias, «pero insisto, hay mecanismo ya», ha añadido. Según ha explicado el ministro, la actual legislación contempla «actuaciones inmediatas, rápidas» para conseguir que el propietario de una vivienda pueda acceder a ella.
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No obstante, destacó que esta «reacción inmediata» no se produce en todos los casos, pues en ocasiones se detecta la ocupación ilegal de una vivienda pasados los meses. Por ello, ha defendido la necesidad de establecer «supuestos legales» que determinen con qué medidas hay que enfrentarse a las distintas situaciones del «fenómeno okupa».
Así, explicó que «hay situaciones de mafia sobre las que hay que intervenir con una contundencia mucho más enérgica» y por ello hay que establecer cómo deben actuar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad «dependiendo de unos supuestos u otros, del tiempo de duración».
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La vicesecretaria de Organización del PP, Ana Beltrán, exigió la pasada semana al Gobierno que adopte medidas «con urgencia» para proteger la propiedad privada ante la «ocupación ilegal» de viviendas que está creciendo en España. «La propiedad privada es de lo más sagrado que tenemos y una persona que ha comprado y pagado su casa, o que está de alquiler en ella pagándolo con el sudor de su frente, que un día salga de casa y no vuelva a entrar al día siguiente, esto no se puede consentir», advirtió Beltrán.
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La actual ley da lugar a casos insólitos. Por ejemplo, la Audiencia Provincial de Valencia ampara a una pareja de okupas que se instaló en un piso de la localidad valenciana de Torrent que no era de su propiedad. Hasta que les identificó la Policía, seis meses después de que estuvieran allí, no tenían comunicación de la dueña de que quería que se marcharan. En definitiva, no se reunían todos los requisitos exigibles para que se considerase que la pareja había cometido un delito de usurpación de vivienda.
El «fallo» en este caso fue que la propietaria inició unas actuaciones por vía penal en lugar de hacerlo por lo civil, y así no se cumplían todos los requisitos del delito de usurpación.
En este tipo de casos, en los que se da la razón a los okupas, los propietarios tendrán que acudir posteriormente por la vía de lo civil, lo que alarga los plazos al tener que recurrir a dos juicios distintos.
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