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El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece el derecho de los empleados a solicitar permisos retribuidos por razones familiares y les ofrece la posibilidad de ausentarse durante hasta cinco días por la hospitalización de un familiar. La normativa, establecida en el apartado 3. b), cubre a determinadas situaciones y personas, no a todas, y no permite agotar los cinco días en todos los supuestos, según explican tanto organizaciones sindicales como despachos de abogados.
El permiso de 5 días por cuidados, que es diferente al de 4 días al año por urgencias, cubre situaciones como accidente grave, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario.
Y una sentencia de la Audiencia Nacional aclaró algunos aspectos en la extensión de su aplicación «al dejar claro que el reposo domiciliario debe tenerse en cuenta a la hora de que la persona trabajadora pueda disfrutar de los días de permiso retribuido», explican desde UGT.
Este permiso de 5 días puede ser solicitado por el empleado en caso de hospitalización no solo del cónyuge o pareja de hecho, sino también de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos), incluido el familiar consanguíneo de la pareja o de hecho (suegro/suegra, cuñado/cuñada, por ejemplo) o las personas que convivan en el mismo domicilio que el trabajador, siempre que requieran de cuidados efectivos.
Este aspecto de los 'cuidados efectivos' es un requisito básico para que un trabajador pueda beneficiarse de este permiso retribuido, ya que si bien el permiso comienza a contar desde el primer día laborable posterior al hecho causante si este ocurrió en un día no laborable (salvo que el convenio colectivo establezca algo diferente), existe cierta incertidumbre sobre cuándo finaliza, en especial una vez el familiar afectado ha abandonado el hospital.
¿El permiso acaba cuando se recibe el alta hospitalaria o el alta médica? En este sentido, según explican desde Adbisio, una organización empresarial con amplia experiencia en asesoramiento a organizaciones, es importante diferenciar entre el alta hospitalaria y la necesidad de cuidados adicionales.
Así, «si el familiar aún requiere cuidados tras el alta hospitalaria (reposo domiciliario), el permiso no finaliza automáticamente», aseguran, ya que el empleado puede seguir disfrutando del permiso mientras el familiar continúe necesitando cuidados, hasta que sea dado de alta médica completa. «Esto puede incluir períodos de reposo en casa que estén justificados médicamente», subrayan.
Evidentemente, si el familiar está completamente recuperado y tiene tanto el alta hospitalaria como médica el permiso decae.
Para poder solicitar el permiso se debe presentar un justificante médico que certifique la hospitalización o intervención, así como la necesidad de cuidados. El Estatuto de los Trabajadores no establece un límite anual para la solicitud de este tipo de permisos, lo que significa que el trabajador puede solicitarlo cada vez que ocurra una situación cubierta.
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