Urgente Un incendio en un bingo desata la alarma en el centro de Valencia
El permiso por el cuidado de familiares se amplía. José Ramón Ladra

Los nuevos permisos retribuidos para cuidar a familiares: cómo coger 5 días sueltos y 4 más por horas

La Ley de Familias que aprueba el Gobierno aprueba también un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua

Europa Press

Madrid

Miércoles, 29 de marzo 2023

La nueva Ley de Familias que aprueba el Consejo de Ministros este 28 de marzo de 2023 introduce varias novedades. Una de ella es que se equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios, otro es que extiende los beneficios de familias numerosas a las familias monoparentales con dos hijos y, una que afecta a todos los trabajadores es que incluye un permiso retribuido de cinco días por cuidado de un familiar o conviviente.

Publicidad

Este permiso de cinco días modifica el Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto del Empleo Público, que anteriormente estipulaba un permiso de dos días naturales o cuatro si se necesita desplazamiento. Ahora queda redactado así: «La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho.

b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.»

Permiso por horas

Además, se incluye un nuevo apartado, el 9, que establece un nuevo permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas y que, según el texto aprobado, requerirá su inclusión en el convenio colectivo o, en su defecto, de un acuerdo entre la empresa y el Comité de Empresa. Para pedirlo será necesario que el trabajador aporte un justificante alegando el motivo de su ausencia.

El artículo queda redactada así: «9. La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Publicidad

Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando estas, en su caso, acreditación del motivo de ausencia».

Nuevo permiso de 8 semanas

También incluye un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años.

Otras medidas

El texto se articula en torno a cuatro pilares principales: la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza; avanzar en la garantía del derecho a la conciliación; el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España, y el reconocimiento y protección de los derechos de los niños y adolescentes.

Publicidad

En cuanto a la ampliación de la protección social a las familias, se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de 0 a 3 años. Según los cálculos del departamento, esta medida beneficiará a unas 250.000 nuevas madres en España.

Las nuevas familias numerosas

Asimismo, se crea la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' en la que se incluye a las «familias numerosas», además de las monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

Publicidad

Por otro lado, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza «de categoría especial» las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).

Permiso de 15 días para parejas de hecho

Sobre el reconocimiento de los distintos tipos de familias, la ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

Publicidad

Protección a familias múltiples

La ley genera asimismo un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras.

En concreto, las familias múltiples, es decir, aquellas que tienen varios hijos o hijas a la vez, serán consideradas como colectivo de especial protección y los hijos e hijas de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.

El texto aprobado en diciembre también prohibía que los padres y tutores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar a través del conocido como 'PIN parental' o de cualquier otro mecanismo similar en los centros educativos.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€

Publicidad