EUROPA PRESS
MADRID
Miércoles, 30 de junio 2021, 16:02
La venta de platos, cubiertos, pajitas, bastoncillos y envases de polietireno para alimentos quedarán prohibidos en el conjunto de la Unión Europea el próximo sábado, 3 de julio. En el caso de España, el Gobierno ha asegurado que la prohibición también será «efectiva» desde esta fecha, a pesar de que la directiva europea que lo regula no está aún transpuesta al ordenamiento jurídico nacional.
Publicidad
En una reciente nota informativa de la Subdirección General de Economía Circular de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental a la que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico confirma que «las restricciones a la entrada en el mercado y las obligaciones de marcado entrarán en vigor a partir del 3 de julio de 2021».
La Comisión Europea busca la retirada del mercado de los productos de plástico de usar y tirar para los que ya existen alternativas y, para ello, aprobó hace ya dos años una Directiva al respecto, que daba de plazo a los Estados miembro hasta este próximo sábado.
Hace apenas un mes, el 31 de mayo pasado, Bruselas pidió a los 27 que armonizaran la prohibición de plásticos de un solo uso y urgió a los países que garanticen que «las nuevas reglas son aplicadas de forma correcta y uniforme» en bloque.
En concreto, la Directiva de 5 de junio de 2019 sobre la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, establece que desde el 3 de julio de 2021 queda prohibida la venta de cualquier producto fabricado con plástico oxodegradable, con microesferas de menos de 5 milímetros, bastoncillos de algodón, cubiertos de plástico, platos, pajitas, palitos agitadores de bebidas, el palo de los globos, los recipientes de poliestireno expandido y los vasos de ese mismo material.
Publicidad
Esta es la relación completa de productos prohibidos a partir del 3 de julio de 2021:
1) Bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de aplicación de la Directiva 90/385/CEE del Consejo (1) o de la Directiva 93/42/CEE del Consejo (2).
2) Cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos).
3) Platos.
4) Pajitas, excepto si entran en el ámbito de aplicación de las Directivas 90/385/CEE o 93/42/CEE.
5) Agitadores de bebidas.
6) Palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos, con excepción de los globos para usos y aplicaciones industriales y profesionales que no se distribuyen a los consumidores, incluidos los mecanismos de esos palitos.
Publicidad
7) Recipientes para alimentos, hechos de poliestireno expandido, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos que:
a) están destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar;
b) normalmente se consumen en el propio recipiente, y
c) están listos para el consumo sin ninguna otra preparación posterior, como cocinar, hervir o calentar, incluidos los recipientes para alimentos utilizados para comida rápida u otros alimentos listos para su consumo inmediato, excepto los recipientes para bebidas, los platos y los envases y envoltorios que contienen alimentos.
Publicidad
8) Los recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.
9) Los vasos para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones
Adicionalmente, ese mismo día entran en vigor en el conjunto de la UE una serie de obligaciones de marcado para compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones; toallitas húmedas; productos del tabaco con filtros y vasos de bebida, que deberán llevar, en su envase o en el propio producto, una marca bien visible, claramente legible e indeleble que informe a los consumidores sobre los siguientes aspectos:
a) las opciones adecuadas de gestión de los residuos del producto o los medios de eliminación de los residuos que deben evitarse para ese producto, en consonancia con la jerarquía de residuos; y
b) la presencia de plásticos en el producto y el consiguiente impacto medioambiental negativo de los vertidos de basura dispersa o de los medios inadecuados de eliminación de residuos del producto en el medio ambiente.
Publicidad
Sin embargo, el plazo para entrar en vigor se cumple este sábado sin que España haya aprobado el proyecto de ley de residuos y suelos contaminados que incluye esta transposición. La iniciativa legislativa fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 18 de mayo y acaba de iniciar recientemente su tramitación parlamentaria. La semana pasada, el 24 de mayo, el Congreso de los Diputados debatió y posteriormente rechazó la enmienda a la totalidad de Vox para devolver el proyecto de ley al Gobierno.
La futura ley ha comenzado esta semana la etapa de escuchar a los sectores y no comenzará hasta después del verano su fase de ponencia. Así, no estará aprobada, «como pronto», hasta Navidad, pero muy previsiblemente hasta la primavera de 2022, según explicó a Europa Press la semana pasada el presidente de la Comisión para la Transición Ecológica del Congreso y diputado de Unidas Podemos Juan López de Uralde.
Noticia Patrocinada
Puedes leer la Directiva completa donde se prohíben determinados productos de plástico. Si no pudes visualizar correctamente el PDF, recarga la página o activa la versión escritorio en tu dispositivo móvil.
En este contexto, la citada nota informativa del Gobierno indica que las marcas «deberán cumplir» con las especificaciones de marcado de los productos de plástico de un solo uso desde el 3 de julio, cuando el reglamento «es aplicable».
Publicidad
La nota añade que en el artículo 17 de la Directiva se insta a los Veintisiete a poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir con lo establecido a más tardar en esa fecha. No obstante, si para entonces --como es el caso-- la directiva no está adaptada, se incluye «el mandato» a los Estados miembro de «aplicar las medidas necesarias» para dar cumplimiento a estas medidas.
En ese sentido, el Ministerio reconoce que el proyecto de ley está en tramitación parlamentaria y «previsiblemente» a la fecha de trasposición no esté aprobada, pero afirma que para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva y, «teniendo en cuenta el efecto directo de las Directivas» comunitarias cuyo plazo de trasposición ha vencido, las prohibiciones son «de directa aplicación en España desde esa fecha».
Publicidad
Sin embargo, la nota no explica la fórmula con la que se hará efectivo su cumplimiento, pese a que insiste en que desde el próximo sábado «no se podrá introducir en el mercado español ningún producto de plástico de un solo uso, incluido los de plástico oxodegradable, y los artículos de higiene mencionados deberán estar marcados conforme a la nueva normativa comunitaria.
Esta directiva, según añade, también se aplicará desde el sábado a los productos que estén en stock y aún no haya sido vendidos o a los que puedan comprarse a través del comercio electrónico.
Publicidad
En el debate en la Cámara Baja de la pasada semana, el diputado del PP César Sánchez preguntó precisamente por esta cuestión, sin que los grupos que apoyan al Gobierno manifestaran respuesta alguna.
Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo considera que la posibilidad de invocar ante un órgano jurisdiccional nacional la disposición «incondicional y suficientemente precisa» de una Directiva a la que no se ha adaptado el derecho interno solo existe en favor de los particulares.
Por tanto, aclara que una Directiva «por sí sola» no puede crear obligaciones de cargo de un particular. Precisamente, esta jurisprudencia busca evitar que un Estado miembro pueda sacar ventajas respecto a otro de haber infringido el Derecho Comunitario. Recuerda, igualmente, que es una obligación de los países de la UE adoptar todas las medidas generales o particulares apropiadas para asegurar el cumplimiento de dicha obligación.
En todo caso, pese a este limbo legal, el Tribunal de Justicia Europeo destaca que los jueces nacionales deben tener en cuenta el contenido de la Directiva al interpretar las normas del derecho nacional.
Suscríbete a Las Provincias al mejor precio: 3 meses por 1€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.