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¿Es posible cogerse la baja laboral para cuidar a una mascota con la nueva Ley de Bienestar Animal?

¿Es posible cogerse la baja laboral para cuidar a una mascota con la nueva Ley de Bienestar Animal?

Ley Bienestar Animal ·

La nueva normativa podría abrir escenarios desconocidos en materia laboral

D. Merino

Miércoles, 4 de octubre 2023, 00:33

La nueva Ley de Bienestar Animal ha venido de la mano de una batería de dudas, ruegos y preguntas por parte de todos aquellos que tienen o quieren tener en un futuro cercano mascotas en sus hogares y que no son fáciles de resolver ante una normativa que finalmente ha resultado ser más tibia de los que se presuponía con la ausencia de algunas de las grandes medidas como el curso obligatorio, el seguro para perros o el 'listado positivo' para la tenencia de animales. Todas ellas aplazadas por la necesidad de un reglamento para su aplicación que ya está preparado, según han indicado fuentes del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, pero que no puede ser elevado al Consejo de Ministros para su aprobación dada la interinidad del Gobierno.

Esta nueva normativa que entró en vigor el pasado 29 de septiembre y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) allá por marzo, supone una auténtica revolución en el trato y cuidado de los animales puesto que han pasado de ser simplemente 'cosas' ha considerarse 'seres sintientes', evitando así que puedan ser abandonados o tratados como meros objetos. Además, dichas mascotas deben estar integradas siempre que sea posible en el núcleo familiar «en buen estado de salud e higiene».

Con todo ello es normal que surjan algunas dudas sobre qué sucede en caso de tener a la mascota enferma o si necesita acudir al veterinario. ¿Habría derecho a agarrarse un permiso laboral retribuido en caso de fallecimiento o similar?

En este sentido, con la nueva normativa se registran cambios en el Código Civil y se crea jurisprudencia con un caso registrado el 12 de noviembre de 2021 en el que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) declaró improcedente el despido de un trabajador que se ausentó de su trabajo para cuidar a su perro enfermo.

El juzgado se acogió por aquel entonces a la Ley de Protección de Animales y entendió que estaba en todo su derecho de asistir a su mascota por lo que la empresa tenía las opciones de readmitirlo o pagarle una indemnización. Es decir, la ausencia del trabajador tenía base legal, por lo que el despido era improcedente y, por ello, la compañía tenía que readmitirlo o bien pagarle la correspondiente indemnización.

Sin embargo, dicha sentencia no se basaba en la condición de «animalista» del empleado despedido, sino porque el tribunal consideró que la ausencia de un día de su puesto de trabajo no podía constituir por sí misma causa de despido.

El abogado Xavi Abat, teniendo en cuenta que la Ley de Bienestar Animal obliga a velar por la salud e higiene de los animales, ha argumentado en un vídeo en sus redes sociales que sí que se podría solicitar una baja laboral para el cuidado de mascotas, ya que se estaría actuando conforme a la norma, que además recoge que estas forman parte del núcleo familiar.

No obstante, todo esto no está recogido en el Estatuto de los Trabajadores de forma que la negociación con la empresa siempre es la recomendación y el paso previo para evitar males mayores. Además, cabe recordar que a finales del pasado mes de junio, hubo un cambio legislativo con la creación de nuevos permisos laborales y la ampliación de otros ya existentes para, entre otras cosas, dar una mayor protección a las parejas de hecho o a las personas convivientes en un mismo hogar y en el que no se incluía ninguna novedad en materia de mascotas.

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