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DGT: patinetes | El BOE publica una nueva resolución de la DGT sobre los patinetes: los nuevos necesitarán certificado para circular

El BOE publica una nueva resolución de la DGT sobre los patinetes: los nuevos necesitarán certificado para circular

Así es el nuevo manual para los vehículos de movilidad personal

L. B.

Viernes, 21 de enero 2022

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes una nueva resolución de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el nuevo manual para circular con patinetes. Concretamente, el documento se refiere a los vehículos de movilidad personal (VMP), entre los que se incluyen los patines.

Según se establece, los patinetes que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán contar con un certificado para circular. Además, el nuevo manual regula también cómo deberán ser los sistemas de frenado o de estabilización en aparcamiento, para no encontrar patinetes tirados en las aceras.

Según el subdirector de movilidad y tecnología de la DGT, Jorge Ordás, «el objetivo del manual es principalmente garantizar la seguridad vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía«.

En un segundo plano se busca que los vehículos que salgan al mercado posean unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles, tal y como señala un comunicado de la DGT recogido por Europa Press.

En los últimos años, según precisa la DGT, la presencia de este tipo de vehículos por las ciudades españolas es una realidad que está modificando, junto con otros factores, la movilidad en las urbes. Según diversas estimaciones, hay más 1 millón de VMP circulando cada día por las ciudades.

Además, recuerda que, en 2020, fallecieron 8 usuarios de vehículos de movilidad personal, 97 resultaron heridos y hospitalizados y 1.097 fueron heridos no hospitalizados.

El manual incluye las características técnicas exigibles, la clasificación de este tipo de vehículos y los ensayos a los que deben ser sometidos para verificar dichas características. Además establece la obligación a los fabricantes o representantes autorizados a disponer de un certificado de circulación para una marca, modelo y versión concreta.

Además, una de las novedades es que no solo se recogen los requisitos técnicos que deben cumplir los VMP dedicados al transporte personal sino también de los VMP para transporte de mercancías y otros servicios, cuyas masas y dimensiones también se detallan en la Resolución.

La resolución establece un régimen transitorio. Así, todos los VMP que se comercialicen a partir del 22 enero de 2024 deberán haber sido certificados y aparecerán en la web 'www.dgt.es/vmp'. Si bien, los vehículos comercializados hasta el 22 de Enero de 2024 podrán circular hasta la misma fecha del año 2027 aunque no dispongan de certificado.

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