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Todos los ciudadanos tenemos la obligación de contar con un Documento Nacional de Identificación (DNI) y el derecho a tener un pasaporte y un carnet de conducir que nos permita viajar y desplazarnos. Todos ellos son documentos que nos identifican y que nos acreditan para movernos libremente tanto dentro de nuestras fronteras como fuera de ellas, pero para ello, necesitamos tenerlos en vigor. De lo contrario, no se nos permitirá viajar al extranjero o incluso coger un avión para ir a otra zona del país.
En España, tanto el DNI como el pasaporte, deben renovarse cada 5 años si el titular tiene menos de treinta en la fecha de su expedición. A partir de esa edad, el periodo para renovarlo será cada 10 años. Con lo que respecta al carnet de conducir, la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) estipula que debe renovarse cada 10 años hasta cumplir los 65 años. A partir de esa edad, según la normativa vigente, las renovaciones se producirán cada 5 años para el carnet clase B.
Las tasas de renovación del carnet de conducir pueden variar según la edad del titular. Generalmente, la DGT impone unas tasas, que se suman al coste del reconocimiento médico obligatorio en un centro homologado. Estos centros suelen realizar, también, la fotografía del permiso y la gestión para expedir la nueva licencia; unos trámites que rondan entre los 30 y los 40 euros.
La tasa general de renovación establecida por el organismo es de 24,58 euros. Esta tarifa cubre el periodo máximo de validez del carnet, que es de 10 años para conductores menores de 65 años y de 5 años para aquellos que tienen 65 años o más.
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En el caso de los conductores de 70 años o más, la renovación del carnet es gratuita. Esta medida tiene el objetivo de facilitar la movilidad a los conductores de mayor edad, quienes suelen enfrentar mayores dificultades para continuar al volante. No obstante, es fundamental recordar que el reconocimiento médico continúa siendo obligatorio y con mayor frecuencia a medida que se cumplen más años.
Renovar un permiso de conducir de una persona mayor de 65 años es similar a cualquier renovación. En este sentido, Tráfico avisa de que atiende sin cita previa a los conductores y otros usuarios particulares, de 65 años en adelante. Estas personas pueden acudir a las oficinas en cualquier momento dentro del horario de atención al público, siempre que la solicitud del trámite sea para uno mismo y no en nombre de otra persona.
-Acude a uno de los Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado e indica que quieres renovar tu permiso de conducir.
-Allí podrás realizar la renovación completa, incluso te harán la foto en el momento. Te cobrarán un importe por el reconocimiento médico y la tasa de tráfico. Si eres mayor de 70 años estás exento de pagar la tasa.
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-En el momento de realizar el trámite del duplicado, te entregarán un permiso provisional con el que podrás circular por nuestro país hasta que te llegue el definitivo.
-En aproximadamente mes y medio recibirás tu permiso en tu domicilio sin que tengas que realizar ningún otro trámite ni abonar ninguna tasa.
Además, pueden realizar cualquier trámite sin cita previa, excepto el canje de permisos para países con convenio, ya que «la verificación con el país de origen del permiso obligan a realizar el trámite siempre con cita»
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