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Un hombre hace deporte con la mascarilla puesta. EFE
Las dudas sobre el uso obligatorio de las mascarillas

Las dudas sobre el uso obligatorio de las mascarillas

El BOE deja en el aire algunos detalles sobre el uso de las mascarillas, que serán obligatorias desde este jueves

LP.ES

Miércoles, 20 de mayo 2020, 15:41

El Gobierno ha aprobado el uso obligatorio de las mascarillas en todos los espacios públicos, y no sólo en el transporte público como hasta la fecha. En las últimas semanas, el uso de mascarillas se consideraba «muy recomendable», pero pasará a ser imprescindible para todos los mayores de 6 años a partir de este jueves.

La nueva normativa ya ha sido publicada en el BOE, pero todavía quedan algunas dudas sin aclarar.

Actividades que se pueden realizar sin mascarilla

El BOE recoge los casos en los que no se aplicará la obligatoriedad de las mascarillas. Entre estas excepciones se encuentran las personas con dificultades respiratorias que se agraven con el uso de la mascarilla, pero también las «actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla«.

Puesto que no se añaden más detalles acerca de estas actividades incompatibles con llevar mascarilla, no está claro a cuáles se refiere. Por ejemplo, en el caso de los deportistas, se podría argumentar que la mascarilla les dificulta despirar.

La opinión de Fernando Simón

Fernando Simón, el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio, ha asegurado hoy que los deportistas podrían eludir el uso de las mascarillas, aun en zonas de alta concentración de personas, al considerar que la actividad física podría entrar en el supuesto contemplado en la orden de Sanidad de «desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla».

«Si uno hace deporte de alta exigencia, de alto esfuerzo, de esfuerzo excesivo, no se puede usar determinadas mascarillas», ha admitido el epidemiólogo. «Lo más importante es llevarla aunque sea en el bolsillo para que cuando estemos en una zona donde no podamos mantener una cierta distancia, menor de esos dos metros, poder ponérsela», ha detallado el responsable de Sanidad.

Responsables de Sanidad, en principio, avalan esta interpretación de que los deportistas podrían no estar obligados a usarla si les causa problemas para respirar, aunque sería la policía la que, en último caso, debería valorar la situación de manera arbitraria, según reconocieron hoy fuentes de la seguridad del Estado.

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Multas por no llevar mascarilla

Todas las personas que caminen por la calle a partir del jueves 21 de mayo deberán llevar mascarilla. De acuerdo con la Ley de Seguridad Ciudadana, las multas por infringir las normas del estado de alarma podrían oscilar entre 601 y 30.000 euros.

El departamento que dirige Fernando Grande Marlaska, ante la ambigüedad del texto que ni siquiera hace mención a un sistema sancionador como si se hacía por el incumplimiento de las instrucciones del estado de alarma, ha dado instrucciones de que haya más pedagogía que multas aunque sin descartar la 'ley mordaza' con los que se muestren más recalcitrantes.

«Durante los primeros días, las fuerzas y cuerpos de Seguridad potenciarán la función pedagógica», ha sido la orden desde Interior. Cuando los agentes tengan conocimiento de «supuestos de incumplimiento» de la orden del Ministerio de sanidad, «requerirán a la persona que cometa ese incumplimiento para que proceda a ponerse la mascarilla o que se retire a una zona en la que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal», detallan las instrucciones desde Interior.

«Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se requerirá a la persona que abandone dicho espacio», apuntan las indicaciones del ministro Grande-Marlaska.

En principio, los agentes tienen órdenes solo de recurrir a la multa en el caso de individuos que desafíen abiertamente a los agentes. «Si la persona no atiende al requerimiento, se podrá proceder a realizar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana», señalan las instrucciones, en referencia el precepto de la denominada 'ley mordaza' que considera una falta grave penada con entre 600 y 30.000 euros «la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito».

Solo en los casos de «incumplimiento contumaz» o desobediencia se actuaría en virtud de lo que establece la normativa de seguridad ciudadana, apuntaron estas mismas fuentes.

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