![Un juzgado autoriza un tratamiento alternativo de ozonoterapia contra el covid](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202108/27/media/cortadas/uci-kw3-U150355148846eIB-1248x770@RC.jpg)
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Barcelona
Viernes, 27 de agosto 2021, 13:35
Un juzgado de Barcelona ha autorizado a un centro médico que se aplique a un paciente de covid un tratamiento alternativo con ozonoterapia. El juzgado de lo contencioso administrativo justifica la medida por encontrarse la vida del paciente «en grave peligro» y no haber surtido efecto positivo alguno los tratamientos que se le han dispensado hasta la fecha en la UCI de un hospital donde fue tratado en un primer momento o en la clínica donde se encuentra ingresado a día de hoy.
Un juzgado de Castellón adoptó una medida similar días atrás, provocando una enorme polémica en el sector sanitario. La Consejería catalana de Salud ya ha anunciado que se opone al uso de este tratamiento y recurrirá la decisión judicial. «El ozono es una molécula que tiene un efecto oxidativo y está empleado como desinfectante y no está autorizado como medicamento por las agencias reguladoras», según una nota del Departamento de Salud. «Su uso no está contemplado en los protocolos de actuación del Servicio Catalán de la Salud , basados en evidencia científica. Además, puede tener efectos secundarios», añade.
La jueza, en cambio, señala que el abogado de la familia del paciente, que solicitó este tratamiento, pero fue denegado por el centro médico, ha presentando junto al escrito de demanda, informes y estudios médicos que «sostienen que la ozonoterapia es una alternativa viable para intentar salvar la vida del paciente, ya que según se expone en la documentación aportada la terapia con ozono se está aplicando en otros hospitales de España, y en otros países dando muy buenos resultados en pacientes de gravedad, toda vez que nos encontramos con una enfermedad, la covid-19 que no dispone de un tratamiento curativo asentado».
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La resolución se basa en la propuesta de una doctora, quien asegura tener el equipo y los recursos necesarios para la aplicación de esta terapia para «poder salvarle la vida». «El médico que actualmente lleva al paciente en el hospital no se opone a la aplicación de la ozonoterapia, siendo la única negativa la del centro hospitalario», señala el auto.
«La ponderación de los intereses en conflicto», puesto que se encuentra en juego el derecho a la vida de una persona, según la jueza, le lleva a autorizar la medida cautelarísima. Se trata de una medida que «no consta que pueda conllevar perjuicio a los intereses generales ni de tercero, y en cambio existe posibilidad de beneficio para la vida del paciente, que que solo se sabrá al aplicarle la terapia con ozono», resume.
«La urgencia en la adopción de la medida se aprecia claramente, toda vez que consta que el paciente se encuentra sedado e intubado, corriendo su vida peligro y con un pronóstico bastante negativo tras no haber dado buenos resultados los tratamientos aplicados hasta el momento», remata el auto.
Salud, por su parte, advierte de que «no hay ninguna evidencia» de su beneficio para la prevención o tratamiento del covid y, por el contrario, «hay riesgos potenciales de su uso y no se recomienda su administración o su combinación con otras terapias», según la Consejería catalana. Y recuerda que la aplicación de tratamientos no autorizados para atender necesidades especiales de situaciones clínicas de pacientes concretos con enfermedades crónicas o gravemente debilitantes «debe contar con la autorización expresa» de la Agencia Española del Medicamento y los productos sanitarios (AEMPS). Y, según señala, este organismo ya se pronunció categóricamente en contra del uso de este producto.
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