![Luz verde a las mascarillas transparentes que permiten leer los labios](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202102/16/media/cortadas/mascarillas11111-k2xE-U130547101166xV-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Madrid
Martes, 16 de febrero 2021, 12:36
La Confederación Española de Familias de Personas Sordas (Fiapas), ha expresado su satisfecha con la orden publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) que regula, por primera vez, las mascarillas higénicas transparentes para personas con discapacidad.
Fiapas ha participado durante las diferentes fases de elaboración de esta norma, tanto en la consulta pública previa, como en el periodo de información pública abierto al público en el que, además, fue expresamente consultada por el Ministerio, junto con otras organizaciones, ajenas al sector de la discapacidad, como la Asociación Española de Normalización (UNE), la Entidad Nacional deAcreditación (ENAC) y entidades del sector textil, sanitario y de equipos de protección individual.
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Con esta regulación, el Ministerio de Consumo amplía las exigencias para la venta de las mascarillas higiénicas, acota determinados conceptos como el propio de mascarilla higiénica y otros como accesorio de mascarillas y filtro. Solo podrán ser comercializadas como mascarillas higiénicas las testadas por un laboratorio acreditado.
En el caso de las mascarillas higiénicas transparentes, en concreto, el texto señala que los materiales deberán ser suficientemente transparentes y diseñarse de forma que garanticen la lectura labial, evitando efectos como el empañamiento continuado de la zona transparente o la distorsión o reducción significativa del volumen de voz.
Además, prevé que, en caso de estar compuestas por materiales que no permitan el paso del aire, deberá realizarse una evaluación de riesgos para asegurar que el producto no obstruye indebidamente la respiración, provocando algún riesgo tras su uso prolongado, debiendo hacer constar la información resultante de tal evaluación enel etiquetado.
Además, deberán incluir en el etiquetado información o advertencia acerca del efecto distorsionador del habla y de la minoración en decibelios que provoca la mascarilla o cobertor facial comunitario.
La orden también establece que los laboratorios que realicen los ensayos relativos a las mascarillas higiénicas o a sus materiales deberán tener la competencia técnica y medios para poder realizar los ensayos, debiendo tener implantad un sistemade acuerdo con la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025. Para demostrar estecumplimiento, el laboratorio debe estar acreditado para dichos ensayos por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
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