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La señal de la DGT que permite circular a 150 km/h

La señal de la DGT que permite circular a 150 km/h

Se trata de un permiso que tan solo pueden usar determinados vehículos, siempre que hayan sido autorizados previamente

Clara Alfonso

Valencia

Domingo, 3 de diciembre 2023, 00:44

La señal V12, conocida como «placa de ensayo», es un permiso que otorga la Dirección General de Tráfico (DGT) a vehículos que realizan pruebas especiales o ensayos de investigación en las carreteras españolas. Según el Artículo 47 del Reglamento General de Vehículos, esta excepción permite superar en 30 km/h la velocidad máxima legal, alcanzando hasta los 150 km/h y evitando multas y pérdida de puntos del carné de conducir.

Aunque la normativa de la DGT es clara con respecto a la velocidad máxima a la que pueden circular turismos y motos (120 km/h en autopistas y autovías; 90 km/h en carreteras secundarias; 30km/h en vías urbanas de un único carril y 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido), existen algunas excepciones. Este es el caso de la señal V-12, que permite circular por encima de los 120 km/h, pudiendo alcanzar hasta los 150 km/h en autopistas y autovías.

Pero, ¿para qué sirve exactamente la señal V12 y qué vehículos pueden acogerse a ella para superar estos límites de velocidad?

Hasta 150km/h en autopistas y autovías

Tal y como explican desde la DGT, la señal V12 es un permiso que se expide a vehículos que deban realizar una «prueba o ensayo de investigación extraordinarios en vías de uso público, abiertas al tráfico general de usuarios es toda actividad con fines científicos, utilizando un vehículo para examinar el comportamiento técnico de éste o de sus componentes en circulación o para hacer estudios relacionados con la seguridad, movilidad y fluidez de la circulación vial o elementos estructurales de la misma». Esta acreditación les permite alcanzar velocidades de hasta 150 km/h en carretera abierta sin ser multados.

Para la realización del ensayo, el vehículo utilizado deberá contar previamente una autorización para pruebas o ensayos extraordinarios. Según el artículo 44 del Reglamento General de Vehículos, podrán solicitarla:

- Fabricantes de vehículos o sus representantes legales.

- Carroceros.

- Importadores, vendedores o distribuidores de vehículos de motor, ciclomotores, remolques o semirremolques, con establecimiento abierto en España para cualquiera de estas actividades.

- Laboratorios oficiales o centros de investigación sobre vehículos o infraestructuras de carreteras.

No obstante, de forma excepcional, también podrán solicitar esta autorización aquellas entidades que no pertenezcan a ninguna de estas categorías, «pero participen o colaboren en una prueba o ensayo de investigación extraordinario que esté llevando a cabo alguna entidad que sí cumpla los requisitos para la solicitud de la autorización», añaden.

Condiciones para la circulación

Los vehículos que cuenten con la autorización anteriormente mencionada, deben instalar la señal V12 por partida doble en los automóviles destinados a realizar dichas pruebas y su uso tendrá que estar aprobado con antelación por parte de la DGT. Además, no podrá ponerse al volante de este vehículo cualquier persona: todos los conductores de los vehículos que exhiban esta señal tendrán que estar acreditados por el organismo de Tráfico.

Asimismo, esta señal cuenta con una serie de limitaciones. Según se detalla en la normativa, un vehículo con estas características podrá superar hasta 30 km/h la velocidad permitida, siempre que haya sido ser aprobada con un mínimo de 72 horas. Además, tan solo podrá hacerlo cuando la carretera se haya cerrado previamente al tráfico general. Es importante destacar que, en ningún caso, podrán realizarse estas pruebas en vías urbanas, travesías ni en tramos en los que exista señalización específica que limite la velocidad.

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