Actualmente los faros es un elemento más a elegir cuando se compra un vehículo de nueva matriculación, pero hubo un tiempo en el que las luces del coche venían de serie. A finales del siglo XX en las carreteras europeas, y también en las españolas, ganaron presencia los faros de color amarillo, una alternativa al blanco convencional por aquella época. Este tono reduce notablemente el deslumbramiento en carretera, así como que aumenta la visibilidad en momentos de lluvia y niebla. Por esta última cuestión durante años las luces antinieblas delanteras eran de color amarillo, pero ahora ya no. Es más, son ilegales, pero no en todos los casos.
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Hace dos décadas era bastante habitual encontrarse en plena carretera con un vehículo de faros amarillos. La constante renovación del parque móvil ha relegado estos vehículos, ya que en los nuevos modelos no se permite este tipo de lámpara para iluminar la calzada en circulación. La evolución tecnológica ha derivado en mejorar el tipo de luz que portan los vehículos, diciendo casi de forma genérica a las tradicionales bombillas que más de un quebradero de cabeza han dado para sustituirlas cuando se fundían.
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En el Código de Circulación hay una fecha que marca un antes y un después en la utilización de los faros amarillos. Actualmente sí pueden tener este color de luces todos los vehículos cuya matriculación sea previa al 26 de julio de 1999, quedando casi completamente prohibida su utilización para los vehículos que se matricularon después de esa fecha. Es por ello que a principios de la década de los 2000 se veían más vehículos en las carreteras españolas con este tipo de iluminación.
Teniendo en cuenta que han pasado casi 22 años y medio desde que se prohibieran de forma genérica estas luces, es normal que se vean cada vez menos coches con faros amarillos, pero aún queda alguno que de forma legal las pueda llevar actualmente.
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Los faros amarillos reducen de forma significativa la capacidad lumínica, por contra los tipos de lámparas utilizados actualmente en los vehículos han ganado en campo de visión. El Código de Circulación indica que las luces de cruce y carretera deben ser de color blanco, aunque también se acepta que las luces antinieblas sean de color amarillo, pero siempre eligiendo la opción de bombillas de color amarillo selectivo hemólogas, siendo del mismo tipo que las lámparas que porte el vehículo.
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Si un vehículo lleva faros amarillos y su fecha de matriculación es posterior al 27 de julio de 1999 será multado por parte de los agentes policiales, mientras que no podrá superar la ITV hasta que modifique este punto del vehículo.
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