Radar de velocidad en una carretera. A. Mingueza

Esta es la velocidad a la que salta el radar de 120 km/h

La DGT reduce el margen de tolerancia en la lectura de los radares y justifica que contribuye eficazmente a la reducción de posibles accidentes

Domingo, 28 de julio 2024, 01:53

En la actualidad, la velocidad y la seguridad vial son dos aspectos estrechamente relacionados. Con el avance de la tecnología y la implementación de sistemas más precisos, las autoridades buscan reducir al máximo los accidentes de tráfico. Un componente crucial en esta estrategia es la vigilancia del cumplimiento de las normas de circulación, y aquí es donde los radares juegan un papel fundamental.

Publicidad

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado recientemente cambios significativos en los parámetros de los radares, con el objetivo de mejorar la seguridad en las carreteras españolas. Desde el mes de mayo, la entidad ha decidido reducir el margen de tolerancia en la lectura de los radares argumentando que la vigilancia del cumplimiento de las normas de circulación «repercute positivamente en la seguridad de los desplazamientos» y, por lo tanto, contribuye eficazmente a la reducción de posibles accidentes.

Hasta ese momento, estos dispositivos operaban bajo la 'regla del 5 y del 7'. Esto significaba que, para velocidades inferiores a 100 km/h, los radares fijos tenían un margen de error de 5 km/h, y del 5% para velocidades superiores. En el caso de los radares móviles, el margen era de 7 km/h para velocidades menores a 100 km/h, y del 7% para velocidades superiores.

Tal y como se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, que regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, se establece que en los años transcurridos desde la publicación de dicha orden, «se ha realizado un importante esfuerzo inversor en cinemómetros que (...) ha contribuido significativamente a la reducción del número de accidentes (...)». La publicación añade que las autoridades de tráfico «han mejorado la gestión y mantenimiento de estos instrumentos y sistemas aumentando su eficacia y ampliando el número de emplazamientos potenciales de una forma tal que el parque de instrumentos existentes requiere perfeccionar su gestión y logística».

Con la evolución tecnológica y la experiencia acumulada, «se modifican los contenidos técnicos establecidos en su día en función de la experiencia obtenida de su aplicación y de la evolución tecnológica que ha experimentado el instrumento desde su última regulación y que permite la aplicación de nuevas tecnologías en beneficio de la seguridad vial».

Publicidad

La nueva regla del 3 y del 5

Los radares actuales son mucho más precisos, lo que ha permitido a las autoridades trabajar con márgenes de error más reducidos. De esta manera, la 'regla del 5 y del 7' se ha transformado en la 'regla del 3 y del 5'.

Esto significa que, desde el pasado mes de mayo, los radares fijos en vías donde la velocidad máxima no supere los 100 km/h tienen un margen de error de 3 km/h. Para velocidades superiores a 100 km/h, el margen de tolerancia es del 3% del límite de velocidad establecido. En el caso de los radares móviles, el margen es de 5 km/h para rutas donde la velocidad máxima no supere los 100 km/h, y del 5% para velocidades superiores.

Publicidad

En términos prácticos, esto implica que en una carretera con un límite de velocidad de 120 km/h, un radar fijo saltará cuando se supere la velocidad de 123,6 km/h (3% de 120 km/h), mientras que un radar móvil lo hará a partir de los 126 km/h (5% de 120 km/h).

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€

Publicidad