El motivo por el que el cuarto y quinto premio de la Lotería de Navidad no pagan a Hacienda

La Ley obliga a tributar el 20% sobre premios de loterías que excedan de 40.000 euros

REDACCIÓN

VALENCIA

Viernes, 19 de noviembre 2021

Llega el día del sorteo de la Lotería Navidad, los niños de San Ildefonso cantan los números con emoción, estás delante de la pantalla escuchando el tintineo repetitivo y, de repente, se hace el silencio durante un instante y cantan un premio importante. Lo vuelves a escuchar, miras tu listado de números y jugados y un escalofrío te recorre el cuerpo. ¡Bingo! Tu número ha sido premiado. No es el Gordo, pero da igual. Escuchas de nuevo con atención para asegurarte de que coincide y escuchas por primera vez nítidamente el premio que ha tocado. Tampoco es el segundo, ni el tercero, pero te da igual. ¡Te ha tocado la lotería de Navidad! Y lo primero en lo que piensas es en cuánto se va a quedar Hacienda y cuánto dinero vas a poder disfrutar realmente. Y entonces te llevas la segunda alegría del día.

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La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias, somete a tributación, a través de un gravamen especial, entre otros, los premios pagados correspondientes a las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). La referida norma establece que los perceptores de estos premios, cualquiera que sea su naturaleza, en el momento del cobro, soportarán una retención o ingreso a cuenta que debe practicarles el organismo pagador del premio.

Y este impuesto exigirá de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Sin embargo, están exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros. Y los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros solo tributarán respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe. El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será del 20 por ciento.

Así, por ejemplo un premio de 100.000 €, tributaría al 20% sobre 60.000 € (100.000 - 40.000), por lo que se practicaría una retención de 12.000 € y se percibirían 88.000 €.

Los cuartos (20.000 euros el décimo) y quintos premios (6.000), por lo tanto, no deben tributar a Hacienda, ya que el importe es inferior al exigido, siempre y cuando hablemos de una cantidad de décimos o papeletas que no exceda esa cifra fijada en los Presupuestos Generales del Estado. Tampoco tributan la pedrea ni los reintegros.

Tributación en premios compartidos

En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías...), en los que el premio se reparte entre todos los participantes, se deben distribuir los 40.000 € que están exentos, entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación, y quien proceda al reparto del premio que figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación.

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Ejemplo prácticos

A continuación vamos a calcular cuánto se pagaría a Hacienda por décimo y cuánto nos quedaría 'limpio' en caso de que tocara uno de los principales premios.

• El Gordo: el premio son 400.000 euros por décimo. Quedan exentos 40.000 euros. De los 360.000 restantes hay que tributar a Hacienda el 20%, es decir, 72.000 euros son para la Agencia Tributaria y 328.000€ para cada afortunado con el primer premio.

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• El Segundo premio: de los 125.000 euros se pagan sobre 85.000 euros (recuerda que 40.000 están exentos) y a Hacienda se pagan 17.000 euros. El ganador del premio se queda por lo tanto 108.000 euros para el premiado.

• Tercer premio: por décimo se ganan 50.000 euros. Si 40.000 están exentos, a Hacienda se le paga el 20% de 10.000, es decir, 2.000 euros. El afortunado se lleva por tanto 48.000 euros.

Comprobar Lotería de Navidad 2021: premios y pedrea

A partir del 22 de diciembre, y en especial una vez concluido el sorteo, puedes comprobar si tu décimo ha sido agraciado con el buscador de premios de www.lasprovincias.es. Introduce el número que juegas y podrás comprobar si te ha tocado y, en ese caso, cuánto dinero vas a cobrar. Puedes repetir la operación con todos los números con los que estés jugando al Sorteo Extraordinario de Navidad.

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Si quieres saber qué administración vende tu número favorito (o cualquier otro en concreto) para el sorteo de Lotería de Navidad no tienes más que introducirlo en el buscador de la Lotería Nacional 2021 y encontrarlo.

LAS PROVINCIAS le ofrece ya toda la información sobre el sorteo de la Lotería de Navidad 2021. El día 22 de diciembre, realizaremos una amplia cobertura, que incluirá además el envío de alertas en tiempo real a móviles, la publicación de la lista oficial de Loterías del Estado y toda la actualidad del sorteo y los premios.

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