europa press
Miércoles, 28 de mayo 2014, 20:35
La sección primera de la Audiencia de Alicante ha absuelto a un hombre acusado de intentar atropellar a una vecina en Alcoy a la que previamente había amenazado de muerte por haber llamado a la Policía después de que su pareja le hubiera pedido ayuda porque le estaba agrediendo.
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La sala ha tenido en cuenta en este caso la previa relación de enemistad entre ambos por la denuncia existente y el hecho de la ausencia de testigos que pudieran corroborar la veracidad del intento de atropello así como la tardanza en denunciar lo sucedido por parte de la supuesta víctima.
La Fiscalía había pedido siete años de prisión, una indemnización de 11.127 euros y la prohibición de acercarse a la denunciante durante diez años para el acusado al atribuirle la comisión de una delito de homicidio en grado de tentativa. Por su parte, la acusación particular solicitaba, alternativamente, cuatro años de prisión por lesiones.
La sentencia considera probado que la mujer se presentó a las 20.38 horas del 20 de noviembre de 2007 en la Comisaría de Policía de Alcoy donde denunció que a las 12.15 horas del mismo día, cuando se encontraba cruzando un paso de peatones, su vecino, a quien había denunciado antes por amenazas de muerte y que tenía una orden de alejamiento sobre ella, aceleró bruscamente el vehículo en el que circulaba y ella tuvo que saltar para evitar un atropello.
El acusado había sido condenado en 2006 por quebrantamiento de condena y en 2005 por conducción bajo la influencia del alcohol y en 2007 se le impuso multa y prohibición de acercarse a la vecina por resultar probado que la había amenazado de muerte después de que ella llamara a la Policía cuando su mujer fue a pedirle ayuda a su casa porque él la estaba agrediendo.
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En el acto de esquivar la furgoneta, la mujer había denunciado que sufrió una contusión en el pie derecho, dolor en la cadera derecha y hematoma en gemelo, que requirieron 216 días de curación.
Ausencia de testigos
La sala considera que no ha quedado acreditado que intentara atropellar a su vecina ni que la mujer se produjera las lesiones al saltar para evitarlo. Argumenta que la declaración de la mujer "no cumple los requisitos para erigirse como prueba de cargo en solitario, para desvirtuar el principio de presunción de inocencia que ampara al procesado".
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Así, señala que el testimonio de la supuesta víctima "carece de corroboraciones periféricas que usualmente deberían darse en un supuesto atropello" y añade que la vecina argumentó que solo un anciano fue testigo del atropello, pero que ella "no le quiso molestar dada la edad del mismo, explicación harto pobre cuando se está acusando de una tentativa de homicidio".
Apunta también la "tardanza" de la víctima en denunciar los hechos y el "no acudir al hospital para ser reconocida por un facultativo, "dada la existencia de las lesiones que luego afirma que le produjeron".
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