EFE / las provincias
Lunes, 7 de octubre 2019, 16:45
La sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 15 años de prisión que le fue impuesta a una mujer de Alfafar (Valencia) que mató a su amiga tras una discusión en el cuarto de baño de la vivienda de la víctima. Según las investigaciones del caso, la asesina y la víctima discutieron sobre el uso de la lejía en el baño que estaban limpiando juntas.
Publicidad
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la sala desestima el recurso de casación interpuesto por la recurrente contra la pena impuesta por un tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Valencia.
Los hechos se produjeron el 29 de mayo de 2017 cuando, después de recibir un empujón y salpicaduras de lejía de una botella. Los investigadores determinaron que todo comenzó cuando Ramona, la condenada por asesinato y que había acudido a ayudar a su amiga, riñó a Amparo A. M. porque estaría usando demasiada lejía en la limpieza de su baño.
En su día fuentes policiales apuntaron a que hubo reproches, después insultos y un primer bofetón dado por Amparo, según declaró Ramona a los agentes. En un momento dado la condenada empujó a la víctima, que cayó al suelo, y con el escobillero de porcelana le golpeó la cara, causándole heridas en la nariz y en el labio.
Aunque la víctima intentó defenderse, la condenada, con la intención de matarla -según la sentencia ahora confirmada- la golpeó repetidamente contra un escalón que había en el borde de la bañera, a modo de peldaño, produciéndole heridas diversas, entre ellas un traumatismo craneoencefálico, que la dejaron inmóvil y en estado de semiinconsciencia.
Publicidad
Para conseguir su finalidad, según los hechos probados, roció con lejía las heridas de la víctima y, ante el fuerte olor que desprendía dicho producto, cerró la puerta del baño.
En este caso, concluye el tribunal, concurren los requisitos de la agravante de ensañamiento que determina la apreciación del delito de asesinato.
La sentencia, con ponencia del magistrado Vicente Magro Servet, explica que es razonable deducir, como hizo el tribunal de instancia, que la recurrente con ese actuar «aumentó de forma deliberada e inhumana el dolor de la víctima, sin que ello fuera necesario para su fallecimiento».
Publicidad
En consecuencia no se aprecia la infracción de norma jurídica alguna a la hora de considerar la dinámica de actuación de la condenada «como dirigida a perseguir, de forma deliberada, otros males».
La evaporación de la lejía provocó una insuficiencia respiratoria que dio lugar un edema pulmonar por falta de oxigenación, y finalmente, un edema cerebral que provocaron la muerte de la mujer durante su traslado al hospital, según las mismas fuentes. La magistrada presidenta del tribunal aplica la atenuante de confesión al haber sido apreciada por el jurado popular en su veredicto de culpabilidad.La evaporación de la lejía provocó una insuficiencia respiratoria que dio lugar un edema pulmonar por falta de oxigenación, y finalmente, un edema cerebral que provocaron la muerte de la mujer durante su traslado al hospital, según las mismas fuentes. La magistrada presidenta del tribunal aplica la atenuante de confesión al haber sido apreciada por el jurado popular en su veredicto de culpabilidad.
Noticias Relacionadas
Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.