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Jueves, 20 de febrero 2020, 00:47
Valencia. La Audiencia de Valencia ha condenado a un hombre a 33 años de prisión por violar y asesinar a una anciana en la localidad de Xàtiva. El tribunal ha decretado que el acusado, que responde a las iniciales R. A. M., sea internado en un centro psiquiátrico por un tiempo no superior a la condena impuesta después de que el jurado popular emitiera un veredicto de culpabilidad. Salva así una pena de prisión permanente revisable, que había sido solicitada por la Fiscalía, tras probarse la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica.
Tal y como recoge la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que puede ser recurrida en apelación, el acusado se dirigió el 10 de febrero de 2017 al domicilio de la mujer, de 75 años, donde vivía sola, y dejó entrar al condenado ya que le conocía por ser vecino de Xàtiva. Encontrándose ambos en el dormitorio, el hombre se lanzó ante la mujer con el objetivo de satisfacer sus deseos sexuales y le dejó aturdida tras golpearle con una percha de madera.
Pese a la resistencia de la septuagenaria, el acusado continuó golpeando a la víctima y le introdujo la percha por la vagina y el ano. Tras dejarla inconsciente en el suelo, le puso el objeto en la boca y se le tapó, así como la nariz, hasta que terminó asfixiándola, causándole la muerte. En su comparecencia ante el juzgado el hombre admitió que la había violado y matado.
El magistrado que presidió el tribunal del jurado considera al acusado autor de los delitos de asesinato y agresión sexual, aunque aprecia en su conducta la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica, ya que en el momento de los hechos sufría un «retraso mental moderado desde hacía años que afectaba a sus facultades intelectivas y volitivas de forma leve-moderada».
Sin embargo, pese a que esta situación ha sido tenida en cuenta tanto por el jurado como por el juez, no se considera motivo suficiente para eximirle de la pena aunque sí para rebajarla en cierto grado, tal y como reconoce el Código Penal.
La condena también conlleva que el hombre, de 45 años de edad, deberá indemnizar por medio de su legal representante con 180.000 euros a los familiares de la fallecida y asumir las costas procesales del caso.
La condena también conlleva participar, tras el cumplimiento de las penas privativas de libertad, en un programa formativo de educación sexual.
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