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S. V.
Valencia
Martes, 5 de marzo 2024, 17:02
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a 15 años y medio de prisión a un hombre que violó y golpeó a su hija, menor de edad. El tribunal considera al procesado autor de un delito continuado de agresión sexual con empleo de violencia e intimidación, por el que le impone una pena de 13 años y nueve meses de cárcel y la privación de la patria potestad respecto de la víctima, y autor también de otro delito de maltrato, por el que el le condena a un año y nueve meses de prisión.
El hombre deberá indemnizar a la menor con 12.000 euros por los daños morales y psicológicos que sufrió a consecuencia de los hechos. Además, el individuo no podrá acercarse a su hija ni a su domicilio, lugar de estudio o de trabajo durante 30 años. Tampoco podrá comunicarse con ella por ningún medio en el mismo periodo de tiempo.
La niña se trasladó a vivir con su padre cuando tenía 12 años, después de vivir en Colombia con su madre y su abuela. En España comenzó a vivir en el domicilio familiar, junto a la actual mujer de su padre y otra hija menor de ambos.
Según se relata en los hechos probados de la sentencia, a los tres meses de convivencia, aproximadamente en enero de 2020, el penado comenzó a pegar con frecuencia a la víctima, con patadas y puñetazos y golpeándole con un cinturón en las piernas y en los brazos.
Con la intención de satisfacer su deseo sexual, el inculpado empezó a realizarle tocamientos en la zona genital por encima de la ropa. Posteriormente, pasó de los tocamientos a obligarla a mantener relaciones sexuales con una frecuencia casi diaria.
La sentencia detalla que la víctima se sometió a la voluntad de su padre por el miedo que este le infundía, debido a la violencia física que ejercía sobre ella continuamente.
La niña denunció los hechos ante la Guardia Civil, el 22 de septiembre de 2021, acompañada de la madre de una amiga. El mismo día fue examinada por un médico que apreció, además de varias lesiones, que estaba embarazada.
Al inicio del juicio oral, el procesado reconoció los hechos que se han declarado probados y tanto la acusación particular, representada por la Generalitat Valenciana, y la defensa se adhirieron al escrito de acusación del Ministerio Fiscal. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
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