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El encausado (de espaldas) en la primera sesión del juicio. Jesús Signes
Nueve años y medio de prisión por intentar matar a su expareja el Día de la Mujer en Massamagrell

Nueve años y medio de prisión por intentar matar a su expareja el Día de la Mujer en Massamagrell

La Audiencia Provincial de Valencia destierra al agresor durante 18 años, pero lo absuelve de los delitos de acoso, amenazas y contra la integridad moral

Javier Martínez

Valencia

Martes, 2 de julio 2024, 13:30

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a nueve años y seis meses de prisión al hombre que intentó matar a cuchilladas a su expareja el Día de la Mujer, el 8 de marzo de 2021 en Massamagrell. El tribunal estima que concurren las agravantes de parentesco y de razones de género, pero absuelve a José Manuel A. T., exmilitar y abogado de profesión, de los delitos continuados de acoso, amenazas condicionales y contra la integridad moral.

El encausado tiene prohibido aproximarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro sitio donde se encuentre, a una distancia inferior a 500 metros por un tiempo de 18 años, y tampoco puede comunicarse con ella por cualquier medio.

Durante este mismo período, José Manuel A. también tiene prohibido entrar, permanecer y residir en el término municipal de Massamagrell, y cuando obtenga los primeros permisos penitenciarios llevará un dispositivo de control telemático GPS (pulsera) para que la Guardia Civil pueda vigilar su libertad.

Respecto al delito de acoso, la sentencia establece que no basta «con que la víctima tenga un sentimiento de temor, sino que la conducta del acosador debe limitar su libertad de obrar, y exige que no se trate de actos aislados, sino que es necesario que haya una estrategia de persecución».

Según el tribunal, la jurisprudencia considera probado el delito de acoso cuando «la sensación de angustia que produce el repetido acechamiento por parte del acosador cambia los hábitos de la víctima, horarios, lugares de paso, números de teléfono cuentas de correo electrónico, e incluso de lugar de residencia y trabajo».

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Los hechos probados

La víctima y el procesado habían estado casados durante seis años. La relación finalizó en septiembre de 2019, pero José Manuel A. no aceptaba la ruptura e intentaba quedar con ella de forma insistente. A pesar de que estaban divorciados, el encausado buscaba excusas para ver a su expareja e incluso le proponía planes familiares, que ella rechazaba. 

El 8 de marzo de 2021, el exmilitar esperó en la calle Tirant lo Blanch de Massamagrell, agazapado en su vehículo, cerca de la casa de su exmujer hasta que ella saliera para ir a trabajar. Cuando la víctima vio desde la ventana a su exmarido, decidió salir a la calle para hacerle una fotografía y justificar así el acoso que estaba sufriendo.

El individuo la atacó entonces por sorpresa con un machete, la tiró al suelo y se colocó a horcajadas sobre ella para asestarle 11 cuchilladas en el tórax, el abdomen y los brazos. Un vecino y el compañero sentimental de la víctima acudieron en su ayuda y lograron parar el apuñalamiento tras propinar golpes en la cabeza al agresor, que quedó aturdido en el suelo y fue reducido.

Dos guardias civiles trasladaron a la mujer en el vehículo policial para que recibiera atención médica, lo que determinó sin duda que salvaran su vida, «ya que sin esta actuación tan rápida no hubiera sido posible», porque necesitaba asistencia quirúrgica urgente.

La sentencia afirma que el cabo primero y el guardia civil correspondieron «sin duda alguna a lo que la ciudadanía espera de la Policía y Guardia Civil», y añade que actuaron «con gran acierto y valentía sin esperar a una ambulancia, ya que la víctima se estaba desangrando y su vida estaba comprometida». La mujer tardó 106 días en recuperarse de las graves heridas, además de soportar secuelas psíquicas y varias cicatrices.

La Fiscalía de Valencia solicitó para el procesado una pena de 18 años y once meses de prisión por los delitos de asesinato en grado de tentativa, acoso y amenazas. Sin embargo, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al acusado por un delito de homicidio en grado de tentativa.

El tribunal señala en la sentencia que no se puede afirmar que el condenado «se aprovechara conscientemente de la situación en la que se encontraba la víctima para la concurrencia de la alevosía». Y recuerda que esta circunstancia constitutiva del delito de asesinato «radica en la inexistencia de probabilidades de defensa por parte de la persona atacada».

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