El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 45.000 euros a una mujer que perdió a su bebé como consecuencia de una negligencia médica.
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Era 2014. La víctima presentaba un embarazo de alto riesgo dado que desarrolló diabetes materna y acudió al hospital de Ontinyent porque tenía molestias abdominales. El tribunal ha considerado que los sanitarios no se ajustaron a la 'lex artis', es decir, que actuaron de manera negligente dado que ante el resultado de las monotorizaciones que se le hicieron debió ser ingresada para su control en el mismo centro hospitalario o haberla derivado al Hospital de Xàtiva con el resultado final de perder al bebé que esperaba.
Por ello, el TSJCV ha reconocido una «pérdida de oportunidad» dado que aunque no se puede acreditar que el feto sobreviviera si hubiera recibido una buena atención médica, se produjo una pérdida de las expectativas de supervivencia del bebé. En la sentencia, que admite recurso, se recoge una parte del informe del perito judicial que dice que ante la situación, los sanitarios deberían haberla ingresado en el hospital y que se debieron realizar las pruebas necesarias para aclarar la sospecha e incluso inducirle el parto debido a la madurez fetal y al riesgo que conllevaba.
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