Bomberos de la UME observan el edificio destruido por el fuego junto al vallado del perímetro de seguridad. Iván Arlandis

El juez que investiga el incendio de Campanar rechaza imputar a los responsables del revestimiento del edificio

El magistrado considera que el material de la fachada cumplía la normativa | Otros dos bomberos que dirigieron el operativo de extinción del fuego declararán como testigos

J. Martínez

Valencia

Viernes, 20 de diciembre 2024, 09:32

El juez que investiga el incendio del edificio de Campanar en el que murieron diez personas ha rechazado la imputación del jefe de Bomberos del Ayuntamiento de Valencia, Enrique Chisbert, por diez delitos de homicidio imprudente.

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En una providencia dictada el pasado miércoles, el ... magistrado desestima la petición de uno de los abogados de las familias de las víctimas, pero condiciona la solicitud inculpatoria a las declaraciones de otros dos bomberos que dirigieron el operativo de extinción del fuego.

Los letrados Ignacio Grau, Manuel Mata y Miguel Ferrer, que representan a las familias de las diez personas fallecidas, han anunciado que recurrirán la resolución del juez que deniega ocho de las diez diligencias de investigación solicitadas.

El juez tampoco tomará declaración como investigados a los responsables del revestimiento de las dos torres destruidas por el fuego al considerar que cumplieron la normativa en lo que respecta al material no ignífugo de la fachada.

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Grau solicitó al magistrado que interrogara a los representantes legales de cuatro empresas sobre su participación concreta en la ocultación del riesgo por el revestimiento de las torres de Campanar con materiales que no eran ignífugos.

Según declaró la administradora del edificio, nadie les informó del riesgo de propagación del fuego en la fachada, por lo que el abogado solicitó también la declaración en el juzgado como investigado de «la persona que comercializó y ofreció dicho producto (material no ignífugo) a la comunidad de propietarios».

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Sin embargo, el juez afirma en su resolución que carece de justificación la imputación de los responsables del revestimiento del edificio, porque el material utilizado en la fachada, el composite, es el «mismo previsto en el proyecto de ejecución» en 2005, tal y como constató la Policía Científica tras analizar restos de las placas quemadas.

Según el magistrado, «comprobaron la existencia y validez de los análisis requeridos», y por ello concedieron en su día las licencias de obras y las de primera ocupación en dos fases «con todos los pronunciamientos favorables».

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Con respecto al fallo de la primera autoescalera que llegó al edificio en llamas, el juez afirma que no existe ocultación de este hecho (como asegura Grau), porque el jefe del Departamento de Bomberos lo reconoció durante su declaración, y el conserje también manifestó que había sido testigo del incidente.

La extinción del fuego se retrasó unos minutos al no poder atacar las llamas desde la escalera del camión. El foco del incendio estaba en un balcón de la octava planta, por lo que los bomberos pidieron con urgencia un segundo vehículo, cuya escalera pudieron desplegar poco después, pero el fuego ya se había propagado por la fachada debido al material inflamable de la misma.

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El juez considera relevante «concretar, por medio de las diligencias necesarias, el estado en que se encontraba el edificio para su evacuación y desalojo cuando se dieron tales instrucciones u órdenes». En la próxima diligencia de investigación, el magistrado tomará declaración a otros dos bomberos que dirigieron el operativo de extinción del incendio el fatídico 23 de febrero de 2023.

Grau mantiene que Chisbert mintió durante su declaración en el juzgado «al afirmar que la escalera del edificio colapsó a las 18:20 y fue impracticable desde entonces», y también habría faltado a la verdad cuando manifestó que los bomberos «recomendaron a los vecinos que salieran del edificio».

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