J. A. Marrahí
Lunes, 18 de julio 2022, 14:30
Tras más de un mes de juicio ahora llega la hora de decidir. El jurado ha recibido este lunes 18 de julio el objeto del veredicto. Se trata de un documento muy amplio (según fuentes próximas al caso con casi 150 folios y unas 700 cuestiones) en el que se resumen las circunstancias esenciales que definen la participación o no del sospechoso Jorge Ignacio P. J. en las muertes de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela y en las intoxicaciones con cocaína que sufrieron otras siete mujeres con las que mantuvo encuentros sexuales entre verano de 2018 y noviembre de 2019.
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Tal y como estaba programado, la configuración de este cuestionario judicial se ha iniciado a las diez de la mañana, con una sesión a puerta cerrada en la que han participado únicamente la fiscal Socorro Zaragozá, las acusaciones particulares y la defensa de Jorge Ignacio.
Ya más tarde, sobre las dos de la tarde, se ha convocado a las siete mujeres y dos hombres, los nueve miembros titulares del tribunal popular. En esta pequeña vista con audiencia pública la magistrada presidenta del tribunal ha expuesto al jurado las cuestiones esenciales que deben marcar sus decisiones y cómo deben proceder en relación a las cuestiones planteadas.
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A grandes rasgos, las cuestiones del objeto definen las diferentes conductas del sospechoso que podrían estar directamente relacionadas con la comisión de los delitos de asesinato o contra la libertad sexual que las acusaciones le imputan. Naturalmente, también hay otras que describen lo contrario, su no participación.
Bajo este planteamiento, los miembros del jurado deberán responder algunas de las cuestiones con dos posibilidades: probado o no probado. En los casos en los que el hecho probado suponga la atribución de un hecho desfavorable para el acusado, por ejemplo, su autoría en el asesinato de Marta Calvo o alguna de las otras mujeres, se requiere una mayoría importante de al menos siete votos a favor de que ese hecho delictivo ha quedado probado. Lo mismo sucedería, por ejemplo, para probar una circunstancia agravante como la de género.
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Por contra, en las cuestiones en las que se plantean hechos favorables para el sospechoso o en su descargo bastará una mayoría simple, es decir, de al menos cinco votos contra cuatro, para dar tal circunstancia como probada. Este desequilibrio está concebido para que la presunción de inocencia se rompa con una fuerza suficiente y con un acuerdo bastante consistente entre los encargados de impartir justicia.
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Además de las cuestiones referidas a conductas concretas, el jurado deberá pronunciarse también sobre otros puntos en términos de culpable o no culpable. Dichas cuestiones del objeto del veredicto son las troncales o esenciales para decidir sus delitos y están estrechamente relacionadas con las cuestiones de conductas bajo respuesta de «probado» o «no probado». Aquí es esencial que el jurado no entre en contradicción. Es decir, no podría admitirse que se considere probado que asesinó a Marta Calvo y luego declararlo no culpable del asesinato de la joven, por ejemplo.
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En las determinaciones de culpable o no culpable operan los mismos parámetros en lo que se refiere a los votos. Para declararlo culpable de un hecho delictivo concreto se requiere una mayoría de al menos siete contra dos. Por contra, para declararlo no culpable en este mismo hecho bastaría una mayoría de al menos cinco contra cuatro.
La gran extensión del documento se debe a que aborda una por una todas las conductas posibles del sospechoso, tanto como las que le son desfavorables como no, en relación con cada una de las diez víctimas.
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Tanto la presidenta del tribunal como los abogados y abogadas consultados coincidían ayer en que se trata de uno de los objetos de veredicto más extensos de la historia judicial española.
En aras de facilitar al máximo las decisiones del jurado, la magistrada Clara Bayarri ha optado por seguir una estructura del objeto del veredicto con el mismo orden del desarrollo del juicio: víctima por víctima y cronológicamente. De este modo, el último caso sobre el que el jurado decidirá hechos probados o no probado y posible culpabilidad o inocencia será el de Marta Calvo, acontecido en noviembre de 2019 antes de que Jorge Ignacio se entregara y se conociera su supuesto periplo delictivo anterior con las otras mujeres.
Además, la jueza ha querido distinguir con varios colores las cuestiones coincidentes sobre la comisión de los delitos para así hacer el cuestionario más comprensible al jurado.
Ahora llega el momento de deliberar. Para ello, las siete mujeres y dos hombres están recluidos en un hotel. Deciden y votan incomunicados y a puerta cerrada, asistidos ante cualquier duda técnica por un letrado de la Administración de Justcia.
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Si transcurridos dos días (a contar desde hoy) el jurado no ha completado el objeto veredicto, la magistrada tiene la potestad de convocar a sus miembros por si existe algún problema o dudas. También podría suceder que se complete con irregularidades y sea devuelto al jurado.
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