Las medidas de seguridad que ahora son obligatorias

El aislamiento y compartimentación de los edificios, su diseño y el uso de materiales adecuados son las principales claves de la actual normativa

Viernes, 23 de febrero 2024

Ante el pavoroso incendio que devoró ayer las 138 viviendas del edificio de Maestro Rodrigo cabe preguntarse qué medidas de seguridad deben tener nuestras viviendas ... para sobrevivir a las llamas. Las rachas de viento, que alcanzaron hasta 60 km/h, contribuyeron sin duda a la expansión del fuego pero también se deben valorar los factores estructurales así como los materiales de la construcción.

En la legislación española el documento que especifica los aspectos relativos a la calidad de la edificiación, así como los requisitos relacionados con la seguridad y la protección contra incendios es el Código Técnico de la Edificiación. Se trata de un real decreto fechado en marzo de 2006 y es un documento en continua revisión para incluir los múltiples avances que se producen en este campo; de hecho, esta norma ha sido modificada en 2007, 2008, 2009, 2010 y 2019. Cabe señalar que el edificio de Campanar se empezó a construir en 2005 por lo que estas medidas no eran vinculantes en su momento.

El principal avance del Código Técnico de 2006 es que los edificios deben estar sectorizados. Esto significa que las construcciones residenciales de nueva planta se deben dividir en áreas de 2.500 metros cuadrados (las hospitalarias, por ejemplo, tienen una superficie menor) y cada una de esas zonas debe tener materiales con características específicas que las conviertan en unidades más o menos 'estancas'. Los materiales de separación deben poder soportar altas temperaturas durante un tiempo que varía de 60 minutos a 120, según la protección que se le otorgue. En este sentido hay que apuntar que las escaleras y los ascensores son zonas de especial vigilancia ya que contribuyen a propagar las llamas que siempre buscan ascender. En estos elementos son de obligado uso las puertas de seguridad que tienen con sellado hermético para que humo y fuego no las traspasen.

Este contenido no puede visualizarse correctamente en este formato. Ver experiencia completa

La legislación actual también exige la presencia de extintores cada 15 metros en planta en las construcciones residenciales, pero no son obligatorios los sistemas de detección y de alarma de incendio en esta tipología. Sí que lo es, en cambio, tener columnas secas en las escaleras de más de 24 metros de altura de evacuación; un mecanismo para facilitar la extinción de los fuegos a los bomberos. En cuanto a las fachadas se regula la distancia entre ventanas, el tipo de materiales, que deben ser resistentes al fuego, y la elaboración de un prototipo que se somete en laboratorio a condiciones límite como incendios, movimientos sísmicos y temperaturas extremas para comprobar que son idóneas y seguras. En resumen, se trata de un conjunto de medidas que hacen nuestras vidas y las de los nuestros sean menos azarosa.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete a Las Provincias: 3 meses por 1€

Publicidad