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efe
Alicante
Lunes, 27 de noviembre 2017, 13:11
La sección primera de la Audiencia de Alicante ha confirmado la imposición de sendas multas de 270 euros a un hombre y una mujer por ocupar ilegalmente un piso en Elda propiedad de una entidad financiera. La sentencia confirma una anterior del juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de la citada localidad que declaraba a la pareja autora de un delito leve de usurpación de vivienda.
Los acusados accedieron al inmueble, ubicado en la calle La Reina de Elda, antes de octubre de 2016 y están obligados ahora a abandonarlo en un plazo máximo de treinta días. La sentencia del juzgado eldense, sin embargo, fue comunicada a los servicios sociales municipales para que proporcionen a la pareja "las medidas de asistencia y protección social que procedan".
En cualquier caso, la defensa la recurrió en apelación ante la Audiencia de Alicante con el argumento de que la vivienda ocupada se encontraba "en estado de abandono y condiciones infrahumanas de habitabilidad". La legislación excluye del delito de usurpación de viviendas aquéllas que se hallen en un "estado ruinoso", pero el tribunal no cree que ese supuesto pueda aplicarse al presente caso.
"Ninguna fotografía o informe descriptivo de otro tipo encontramos en las actuaciones que respalden la calificación de abandono que sostienen los apelantes", señalan los magistrados.
En cuanto al estado de necesidad, que los recurrentes alegan en su descargo como atenuante o eximente del delito, también ha sido descartado por la Audiencia.
Su apreciación, recoge la resolución, "exige algo más que la mera alegación de que lo invoca, por mucha sensibilidad que se tenga hacia la difícil situación laboral y económica actual".
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