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efe
Alicante
Jueves, 22 de noviembre 2018, 10:46
El Tribunal Supremo ha ratificado la pena de 20 años y 3 meses impuesta al hombre que, en octubre de 2016 en Alicante, estranguló hasta la muerte con el cable de la lámpara a su tía abuela, de 88 años, cuando ésta le esperaba en una mecedora a que le trajera el desayuno.
En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Penal del Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el hombre contra la pena, dictada en primera instancia por la Audiencia Provincial de Alicante y confirmada, posteriormente, por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV).
Además, condena al recurrente, Félix R.S., al pago de las costas y le deniega una rebaja de la condena pese a que éste se entregó y confesó días después del crimen debido a la gravedad de lo sucedido, a que ocurrió en la casa de la anciana y porque «era el cuidador de la víctima».
Esto último le otorgaba «un especial deber, que quebrantó», a lo que añade sobre su entrega que parecía inevitable que se le atribuyera el crimen cuando se descubriera el cadáver lo que, según sostiene el alto tribunal, «hace parecer la confesión como producto más bien de la resignación ante lo que se intuye como no eludible».
Los hechos ocurrieron el 5 de octubre de 2016 en el piso que el acusado y la víctima compartían en la calle Pintor Aparicio, en la ciudad de Alicante, donde Félix R.S. estranguló a su tía abuela, Isabel A.M., con el cable eléctrico de una lámpara mientras ella aguardaba sentada en su mecedora a que le llevara el desayuno, según la sentencia.
El acusado dejó su cadáver en el domicilio, robó 300 euros, unas joyas y un televisor propiedad de la víctima (todo valorado en 636,05 euros), pero se entregó cinco días más tarde y confesó los hechos en una comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.
La magistrada que dirigió el juicio con jurado, Ana Hoyos, aplicó al asesino la atenuante de confesión pues ésta fue «oportuna, facilitó significativamente la investigación y fue persistente y veraz en cuanto al reconocimiento de los hechos».
Sin embargo, le impuso 20 años por el crimen, como pedía la fiscalía, y no 15, como reclamaba la defensa, «atendiendo a la gravedad de los hechos y a que los mismos se produjeron en el domicilio de la víctima», lo cual ha sido ratificado por el TSJCV y el TS.
La juez determinó que la anciana estaba muy «deteriorada por la edad y las dolencias propias de la misma», unas circunstancias fueron «aprovechadas» por su sobrino para quitarle la vida sin darle posibilidad a defenderse.
Además de la pena por el asesinato, el procesado fue condenado a otros tres meses de cárcel por un delito de hurto por los objetos que sustrajo tras el crimen.
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