
M.C.SÁNCHEZ
Sábado, 16 de julio 2011, 19:31
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Paga el funcionario y sale indemne el político. Con esa afirmación podría resumirse la sentencia por la que la Sección Primera de la Audiencia de Alicante ha impuesto un multa de 1.080 euros y seis meses de inhabilitación al auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Sant Joan que falsificó un informe a instancias del entonces concejal de Recursos Humanos, Santiago Escudero. El todavía edil del PSPV-PSOE, partido que está en la oposición tras perder las últimas elecciones frente al PP, no ha recibido ningún castigo porque ni siquiera llegó a sentarse en el banquillo de los acusados, después de que el juez instructor lo exculpara en el procedimiento y la Fiscalía no recurriera esa decisión.
La sala sostiene que el hecho de que ese cargo público u otro miembro de la corporación le diesen indicaciones para incurrir en el ilícito penal «no exime de su «responsabilidad» a José Vicente B.R. Eso sí, esa acción debe ajustarse a la modalidad atenuada prevista por el Código Penal para los delitos de falsedad documental perpetrada «por negligencia grave».
Según los magistrados, el funcionario, que era interino, imitó en julio de 2008 la firma de la jefa de Servicio de Personal, María Rosa V.V., que disfrutaba de unos días de permiso por su boda, para acelerar la presentación de un informe -cuyo borrado le había entregado ella previamente- y que se celebrase con antelación una comisión municipal de Hacienda sobre la relación de puestos de trabajo municipal.
Esas prisas, recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, le fueron transmitidas por Escudero, a quien se señala como «inductor» del delito y contra quien la funcionaria suplantada dirigió en un primer momento su denuncia.
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Entiende la Audiencia que esa actuación delictiva «no está amparada por el respeto, sumisión y obediencia debida a un superior jerárquico cuando se sobrepasan las funciones asignadas al puesto de trabajo que se desempeña», aunque dicho trabajador sea «un funcionario interino cuya estabilidad laboral puede reducir su capacidad de oposición al mandato ilícito recibido».
El tribunal no alberga dudas de que fue el político quien promovió la falsificación del documento. «No es admisible que un auxiliar administrativo interino de un Ayuntamiento cometa esta infracción por propia iniciativa, asumiendo los riesgos de ese comportamiento», razona.
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A la fuerza, esa acción solo «puede estar promovida por influencia, indicación o imposición de algún superior jerárquico o miembro relevante de la corporación, que tuviera autoridad para forzar su voluntad renuente a actuar fraudulentamente».
Evasivas y disimulo
Mientras que José Vicente B.R. admitió su participación en los hechos tanto antes como durante el juicio, que se celebró el pasado día 4, el concejal socialista contestó «con evasivas, amparándose en el trámite de los procedimientos administrativos para disimular» la suya, argumentan los magistrados.
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La Audiencia impone una pena mínima al acusado por su categoría «en el organigrama laboral», las cargas económicas y familiares que soporta hoy en día y la «probable» inducción al delito de Escudero. Es más, la resolución judicial, que puede ser recurrida todavía ante el Tribunal Supremo, establece que el administrativo falsificó la firma de su jefa pensando que ella sería advertida por el concejal.
La Sección Primera deniega una indemnización a María Rosa V.V., que ejerce la acusación particular en el proceso a través del abogado José Sánchez Alarcos, porque no ve «relación de causalidad» entre el delito de falsificación y su baja por depresión desde septiembre de 2008 a enero de 2009, ya que ella misma la atribuye al «trato degradante o despreciativo» que le mostró, después de la denuncia, el equipo de gobierno.
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