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Valencia

La ley permite los eventos si tienen repercusión turística

La nueva normativa de Costas aún no tiene un reglamento que especifique los criterios para celebrar actos particulares

PPLL

Lunes, 17 de junio 2013, 02:14

La nueva Ley de Costas se presentó con la novedad del permiso para la organización de eventos en la playa en contraposición con la normativa anterior. Sin embargo, apenas diez días después de su entrada en vigor ha suscitado la primera controversia. Eventos sí, pero con condicionantes que se desarrollarán en el reglamento, que se prevé para el mes de septiembre, aunque el Gobierno dispone de seis meses para elaborarlo.

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Como explicó el abogado Joaquín Mompó, «hasta que no esté desarrollado hay un vacío legal en una serie de aspectos, como el régimen de ocupación y uso de las playas atendiendo a su naturaleza, pues se diferenciará entre tramos urbanos y naturales». Así lo recoge el artículo 33 en su apartado 6, que contempla la celebración de eventos y establece que deben ser «de interés general con repercusión turística».

Pero, ¿cómo se establecen esas condiciones, necesarias para que una institución pública avale a una entidad privada en el evento? Habrá que esperar al reglamento y «a los criterios que fije la administración para determinar si tiene o interés».

Respecto a las hogueras, Mompó aseguró que existe también un vacío legal, dado que no pueden regularse. «Actualmente, de manera literal, no hay ninguna norma o reglamento que recoja que este acto deba ser sancionado», detalló.

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