J. BATISTA
Martes, 6 de diciembre 2016, 19:52
Unos padres de Valencia han presentado un contencioso contra el listado definitivo del último proceso de admisión, el que corresponde a este curso. El motivo es que sus dos hijas mellizas, que empezaban el Segundo Ciclo de Infantil (tres años) fueron escolarizadas en centros distintos de Malilla.
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La familia considera que la decisión de la conselleria lesiona el derecho a la igualdad de una de sus pequeñas, la que no accedió al centro elegido como primera opción. La medida judicial llega después de que los padres agotaran otras vías como solicitudes de entrevistas con el director territorial y el jefe de inspección, peticiones de mediación al propio conseller y tras un recurso de alzada que fue desestimado.
En la demanda se recogen los argumentos de este último recurso, que acompaña al escrito. Uno de ellos se refiere a los puntos. La hija que accedió al colegio, una cooperativa concertada, lo hizo por la vía extraordinaria para alumnos con necesidades especiales de apoyo. Las normativas de admisión reservan un cupo de plazas en todos los centros para este colectivo, que se detraen de las vacantes que se ofrecen después durante el proceso ordinario.
Cuando llegó el momento de presentar las solicitudes, los padres pidieron que a la otra melliza se le contaran los puntos por tener una hermana matriculada en el centro, de manera que sumaría 20 en lugar de los 5 con los que quedó finalmente, insuficientes para obtener la plaza. De ahí que fuera escolarizada de oficio en un colegio público próximo. Los padres consideran que de la redacción de las normativas de admisión se puede entender que la puntuación también se otorga si la matrícula del primer hermano se hace en el mismo curso, pues no se especifica que deba corresponder a ejercicios anteriores.
También alegan que «carece de todo fundamento» la separación de mellizos. En el recurso de alzada se instaba a Educación a modificar la normativa atendiendo a una recomendación del Síndic en este sentido. Es decir, que hermanos de la misma edad se consideren «una unidad inseparable» a efectos de escolarización. Además, señalaban que su caso es excepcional -un acceso por dos vías distintas- «que debe analizarse de manera excepcional», por lo que solicitaban la creación de una vacante para la segunda hermana, por ejemplo, ampliando la ratio.
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También inciden en las circunstancias educativas. «Estar con su hermana es fundamental para su evolución y desarrollo. La niña -la que precisa atención especial- actúa por imitación de comportamientos. Lo recomiendan los especialistas que la tratan», señala Verónica Conesa, la madre. En el recurso de alzada, cuya desestimación también han recurrido, incluyeron un documento médico en este sentido.
Postura de Educación
Desde conselleria replicaron respecto al baremo que «una cosa es la admisión y otra la matriculación, y estar admitido en el listado de matriculación no significa que ya se está matriculado en el centro», por lo que no se pueden dar los 15 puntos.
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Señalaron además que se les ofreció matricular a las dos en el colegio público de la segunda al contar con los recursos necesarios, opción que rechazaron los padres, que por su parte niegan este extremo. Alegan que aunque se recoge en la respuesta al recurso de alzada, no se les había planteado antes. «Aún así, queríamos el primero porque las dos cursaron allí el Primer Ciclo, las conocen, hay coordinación cuando la niña tiene que salir por su tratamiento y es positivo para ella mantenerse en un entorno conocido», señala Conesa. Por último Educación apunta que no pueden ampliar la ratio mientras haya puestos públicos libres en la zona y que antes de la melliza que quedó sin plaza había 19 solicitudes en lista de espera.
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