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Lola Soriano Pons
Valencia
Viernes, 21 de marzo 2025, 13:00
El Ayuntamiento de Valencia quiere poner freno a conductas incívicas como orinar en la calle, tirar muebles junto a los contenedores o acciones de los ... dueños de mascotas, como no limpiar el pipi o dejar sin recoger los excrementos. Por eso, se van a endurecer las condiciones y se podrán sancionar con hasta 3.000 euros los casos más graves en el caso de hacer las necesidades fisiológicas en la calle.
Por eso, en la Junta de Gobierno Local se ha dado a conocer la presentación de una moción para cambiar el título VII de la Ordenanza de Limpieza Municipal.
El portavoz del gobierno local, Juan Carlos Caballero, ha informado que ya se ha iniciado los trámites para modificar la actual Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana de manera que se garantice de manera más eficaz la protección del patrimonio histórico-artístico.
También ha indicado que ahora se va a debatir el articulado «y hay tiempo porque la modificación tendrán que pasar por dos plenos, el primero para aprobarlo de forma provisional y el segundo, para ya hacerlo de forma definitiva».
Y ha añadido que «nos gustaría que estuviese la actualización de las sanciones y del articulado listo para las Fallas del año que vienem para 2026 y hay que ver si se puede conseguir, porque la tramitación administrativa es la que es, pero la alcaldesa de Valencia, María José Catalá, tiene interés de impulsarlo cuanto antes, porque Valencia ha hecho un importante esfuerzo inversor, pero no lo puede hacer todo el Ayuntamiento. Hemos hecho campañas de concienciación, se han repartido en las mascletaes bolsitas para tirar las cáscaras de las pipas, pero no se puede permitir que se ensucie la imagen de Valencia, hay que poner medidas correctivas».
Caballero ha recordado que la ordenanza vigente es de 2008, han pasado 16 años, «y es necesario y muy óptimo acordar la renovación ya adecuación del texto».
Acto seguido ha hecho un repaso de la situación actual y ha comentado que con el «actual articulado, hacer las necesidades fisiológicas en la callecuenta con una sanción de entre 150 y 750 euros; hacer pintadas en edificios Bien de Interés Cultural (BIC) o Bien de Relevancia Local (BRL) tiene una sanción de 300 euros ahora y actualmente, por ejemplo el hecho de no limpiar el pipi de los animales ahora mismo no tenía contemplado una sanción en la ordenanza, algo que queremos cambiar».
O, por ejemplo, no recoger los excrementos de las mascotas llevaba implícito 150 euros de multa «y todo esto lo vamos a revisar a la alza», ha añadido.
Se han fijado en ordenanzas más duras, como la de Madrid , Alicante y Vitoria que eleva hasta los 3.000 euros las posibles sanciones tanto por hacer las necesidades en la calle, como por realizar pintadas en edificios protegidos, no retirar los excrementos de los animales o por tirar residuos de forma descontrolada.
Ha dejado claro que el objetivo es «proteger el patrimonio, velar por la salubridad de la ciudad, proteger el medio ambiente y evitar los actos incívicos».
El portavoz del gobierno ha detallado que esta medida se toma después de que la alcaldesa de Valencia, María José Catalá, ya mostrara su preocupación las pasadas Fallas por los actos incívicos de este tipo que se produjeron y que en cierta medida se han vuelto a repetir este año.
«Vistos los actos incívicos en Fallas, aunque el Ayuntamiento de Valencia había puesto más urinarios y en más sitios, se han visto en Fallas imágenes que no nos gustan», ha indicado.
Y ha añadido que, todo ello «a pesar de que el Ayuntamiento destina recursos muy importantes para la limpieza, como los 3 millones de euros destinados a la limpieza este año en Fallas, o la realización de campañas de concienciación, de implementación de furgonetas para que llegarán a todos los sitios posibles de los barrios, pero todas estas campañas, cuando vemos que siguen los comportamientos incívicos, hay que actuar con la aplicación de las sanciones que marca la normativa».
Para ello, el texto que se va a revisar y se ordenarán y calificarán las conductas incívicas en función de la gravedad y establece un régimen sancionador de las conductas infractoras.
Caballero ha explicado que la iniciativa se asienta sobre los principios de seguridad jurídica e interés público. Y el objetivo, ha señalado, «es adecuar la norma al contexto actual en materia de limpieza, ornato, salud y salubridad pública y protección del patrimonio histórico-artístico». Para ello, la modificación incluye de forma más precisa y concisa el régimen de infracciones ante comportamientos incívicos que ya se recogen en la ordenanza en vigor, «pero que no se califican como leves, graves y muy graves, con sus correspondiente correlación en cuanto al régimen de sanciones que los mismos lleven aparejados», ha explicado el concejal.
La modificación establece multas que oscilarán entre los 750 y los 3.000 euros. Hay que tener en cuenta que la actual ordenanza no recoge de forma explícita el régimen sancionador de las infracciones en función de su gravedad, y únicamente remite, de manera genérica, a la legislación en vigor.
Por ello, la Junta de Gobierno ha aprobado esta modificación del Título VII de la ordenanza, que prevé multas por importes que oscilaran desde los 750 euros para las faltas leves hasta 3.000 euros para las muy graves, con una graduación en función de su trascendencia en la salud, salubridad, seguridad de las personas y el medio ambiente.
También se detallan los casos de afecciones a bienes que gocen de protección patrimonial, así como a circunstancias del infractor responsable, grado de intencionalidad, participación y reincidencia.
Caballero ha explicado que en lo referente a la limpieza de los espacios y a la recogida de residuos, la modificación «pretende visibilizar también la necesidad de un comportamiento adecuado y de respeto al espacio urbano por parte de la ciudadanía, así como la importancia del conocimiento y cumplimiento de unas normas cívicas que preserven nuestro entorno y mejoren nuestra calidad de vida en la ciudad».
La vigente Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana fue aprobada por acuerdo plenario el 30 de enero de 2009, y publicada en el BOP el 14 de mayo del mismo año, «por lo que consideramos que tras 16 años de vigencia desde su entrada en vigor ha llegado el momento de adecuar el texto de la misma, en particular el Título VII, denominado bajo el epígrafe Régimen Sancionador», ha explicado el portavoz municipal.
Más sanciones por orinar en la calle, hacer pintadas o dejar muebles junto a los contenedores
Como ejemplo de infracciones que se verán agravadas tras la modificación aprobada, el nuevo texto recoge la realización de obras o el almacenamiento de material de construcción que ocasione suciedad en los espacios públicos, así como la realización de necesidades fisiológicas en vías o espacios públicos. También se agravan el abandono de muebles y de grandes electrodomésticos y enseres en los espacios y entornos de contenedores destinados a los residuos domésticos, así como en contenedores o sacos de obra o junto a estos. Y, de la misma manera, se sancionan la realización de pintadas en edificios, inmuebles y monumentos que estén patrimonialmente protegidos en el catálogo municipal.
Otras conductas que se especifican como sancionables son: no limpiar los orines de animales y con agua que no contenga productos contaminantes, tóxicos o corrosivos, o verter residuos de forma descontrolada en los lugares no destinados para ello, promoviendo la aparición o crecimiento de vertederos y escombreras ilegales.
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