Lola Soriano Pons
Valencia
Martes, 10 de diciembre 2024, 01:17
El Ayuntamiento de Valencia ha activado ya el trámite específico para que, mediante la presentación de una sencilla instancia confeccionada a tal efecto, los afectados con daños por la DANA de las pedanías del sur puedan solicitar la exención y devolución inmediata del IBI de ... propiedad Urbana y Rústica, del ejercicio 2024.
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La medida concierne a los vecinos tanto de La Torre, Forn d'Alcedo y Castellar-l'Oliveral, como a los de las restantes pedanías del Sur cuyos inmuebles se hayan visto afectados con daños por la DANA.
La concejal de Hacienda y Presupuestos María José Ferrer San Segundo, ha manifestado que «la solicitud de exención del IBI se ha instrumentado de forma sencilla, de manera que sólo es necesario firmar la instancia en la que la persona afectada indica su número de cuenta y manifiesta, mediante declaración responsable, que se cumplen los requisitos exigidos por el Gobierno de España, que es el que tiene las competencias para regular y conceder la exención».
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Lola Soriano Pons
La instancia, elaborada al efecto para este objeto, prevé indicar el número de cuenta bancaria en la que el Ayuntamiento va a abonar la devolución del recibo en los casos que ya estuviera pagado. Y, de no estar abonado, se procederá a darlo de baja.
Según ha indicado la edil, «el abono por transferencia de la devolución llegará a los pocos días a la cuenta de los solicitantes, pues se ha dado carácter preferente a estas devoluciones».
Esta solicitud podrá gestionarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento; presencialmente en las oficinas de GTI-Gestión Tributaria Integral situadas en la planta baja del Ayuntamiento; en los registros municipales; y en las propias Oficinas de Atención Temporal por la DANA situadas en las pedanías de La Torre, Castellar-l'Oliveral y Forn d'Alcedo, que remitirán la documentación así presentada al Servicio de Tesorería de la Delegación de Hacienda encargado de tramitarlas.
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La atención directa en GTI-Gestión Tributaria Integral va a permitir que las personas atendidas se lleven consigo, en ese mismo momento, el justificante de la concesión de la exención y de la propuesta de devolución o de anulación del recibo.
Según ha destacado, «se ha previsto un sistema de cita previa específico para la atención DANA activándose, además, un turno especial de atención tributaria 'Preferente DANA', también, para quien acuda sin cita previa», ha indicado también la primera teniente de alcalde.
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Ferrer San Segundo ha recordado que es el Gobierno de Pedro Sánchez, el que tiene las competencias normativas para regular la exención en el IBI. Y que, como ya se ha censurado desde que se dictó, «el Real Decreto-Ley 6/2024, establece unos requisitos excesivamente rígidos para conceder la exención en el IBI, que, desde luego, no tiene en cuenta las particularidades de las pedanías afectadas».
En concreto, en el artículo 12 del Real Decreto, exigiría para poder obtener la exención «no sólo que se trate de inmuebles que hayan sido dañados como consecuencia directa de la DANA, sino también que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños».
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La primera teniente de alcalde ha reiterado que «el gobierno municipal que preside la Alcaldesa María José Catalá vuelve a reclamar al Gobierno de España más flexibilidad y amplitud en la aplicación de los requisitos del Real Decreto; así como, mayor sensibilidad con las víctimas de la DANA para que puedan acogerse a la exención del IBI de propiedad urbana y rústica».
Finalmente, la concejal ha anticipado, que en los próximos días se habilitará, también, un trámite específico, del que se dará cumplida información, para la solicitud de reducción del IAE de la cuota del ejercicio 2024 a las empresas afectadas por la DANA.
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