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Palacio de los Jardines de Monforte, en una imagen de archivo. VICENTE MARTÍNEZ

Así serán los bautizos civiles de Ribó

Las «ceremonias de bienvenida a la ciudadanía» se celebrarán en los jardines de Monforte por las mañanas del primer lunes de cada mes

Álex Serrano

Valencia

Viernes, 21 de abril 2023, 14:29

La última idea de Joan Ribó, los bautizos civiles, serán una realidad a partir del próximo 8 de mayo. El Ayuntamiento de Valencia sigue adelante con esta idea, que, dicen, ha motivado ya algún interés ciudadano, y este viernes ha aprobado el protocolo que las regirá. Se celebrarán los primeros lunes de cada mes, en horario de 11.30 a 14 horas, en el palacio de los Jardines de Monforte, en el distrito de Exposición. Los estrenará, por cierto, el mismo alcalde. 'Urbi et orbi' laico a veinte días de las elecciones.

Según el protocolo aprobado, las llamadas ceremonias de bienvenida a la ciudadanía se celebrarán todo el año salvo en el mes de agosto y en la semana de Fallas. Como requisitos previos, el Consistorio ha fijado que al menos uno de los solicitantes mayores de edad tendrá que estar empadronado en la ciudad, y las niñas y niños protagonistas de la ceremonia no deberán tener una edad superior a dos años en la fecha de presentación de la solicitud (aunque se contemplan excepciones para casos especiales, como la adopción).

Las solicitudes se realizarán de manera presencial en la oficina situada en el palacio de los Jardines de Monforte o a través de la sede electrónica municipal. Deberá aportarse el certificado de nacimiento de la niña o niño, y el libro de familia o la resolución judicial por la que se concede la tutela del o la menor. También habrá que incluir el DNI, pasaporte o NIE de la persona o personas solicitantes (las dos personas que ostenten la patria potestad, salvo en el caso de las familias monoparentales, o personas tutoras de la niña o niño) y, si hubiera padrinos o madrinas del acto, algo que es facultativo, también se aportarán sus DNI, pasaportes o NIE. Finalmente, se establece que el Ayuntamiento comprobará de oficio los requisitos de empadronamiento del menor, sus padres, madres o tutores.

Competencias delegables

La competencia para la celebración de las ceremonias es de la Alcaldía, que podrá delegar en los concejales de la Corporación, según establece la Ley reguladora de las bases del régimen local y tal como se hace, por ejemplo, en el caso de las bodas. El calendario de celebraciones, que comprende las fechas y horas hábiles de cada año se aprobará mediante resolución de Alcaldía, y se publicará en la página web municipal. Esta ceremonia, señala el protocolo aprobado por la Junta de Gobierno, constituye «un acto protocolario sin efectos jurídicos, cuya finalidad es dar la bienvenida a un nuevo miembro de la familia y de la ciudad». Por tanto, el acto de bienvenida «no tiene efectos legales ni supone ningún privilegio o preferencia del niño o niña en el acceso a los servicios municipales».

La celebración de la ceremonia de bienvenida se estructura en cuatro partes. En la primera, el alcalde, o concejal delegado, dará la bienvenida a las personas asistentes al acto. Seguidamente, se dará lectura a algunos artículos y principios legales, relacionados con la protección de la infancia y sus derechos fundamentales, como pueden ser la Constitución Española (1978), la Convención de derechos del Niño de Naciones Unidas (1990), o la Declaración de los derechos del niño (1959).

En tercer lugar se ha previsto la intervención directa de los padres de las criaturas, sus familiares o los tutores legales, quienes podrán «reafirmar su compromiso con la protección y defensa de los derechos fundamentales del menor». Para ello, tal como señala el protocolo aprobado este viernes, se podrá dar lectura a algún texto o se reproducirá alguna música seleccionada por la familia del niño o niña a quien se da la bienvenida. El acto concluirá con la firma de la Carta Municipal Ciudadana y entrega de la copia firmada por las partes a los padres o tutores legales.

El acto podrá incluir leer algún texto o reproducir alguna música elegida por la familia

Tal como ha recordado el alcalde, Joan Ribó, la protección de las personas que llegan al mundo está recogida en la Constitución Española y en la Convención sobre los Derechos de la Infancia de la Organización de las Naciones Unidas. Además, ha añadido, la posibilidad de realizar actos de carácter formal y protocolario, sin efectos jurídicos, por parte de los ayuntamientos se asienta sobre la promoción de actividades culturales, el desarrollo de la participación ciudadana y el desarrollo de valores cívicos en el ámbito de la comunidad vecinal, como recoge la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por el momento, los bautizos civiles han recibido una tímida acogida en el seno del Consistorio, más allá de algunas llamadas preguntando por el tema y mensajes en el buzón Parla amb Joan Ribó. Se da la circunstancia de que en otras localidades valencianas, como l'Alcora, Alzira, l'Alcúdia, Paterna, la Font de la Figuera o Mislata, sí se ofrece esta posibilidad, pero no reciben una demanda masiva. La prueba de que Valencia tampoco confía en una avalancha de peticiones es que únicamente ha habilitado un día a la semana. También es verdad que el Palacete de Monforte acoge las bodas civiles: en 2021, último año del que hay registros, se celebraron 344. En el caso de estos enlaces, se atienden las peticiones para casar los miércoles, jueves y viernes. En el caso del último jueves del mes, de hecho, es relativamente común que algún concejal tenga que ausentarse del pleno para ir a casar, uno de los actos que los ediles aseguran que más ilusión les hace, independientemente del puesto que ocupen en el hemiciclo municipal.

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