Dos informes, uno del secretario municipal y otro del Registro Mercantil, han avalado el nombramiento de Manuel Martínez como gerente de la EMT. Recordará el ... lector que el PSPV había intentado declararlo nulo al aprobarse por mayoría simple cuando es necesaria una mayoría absoluta. La abstención de los cuatro concejales de la oposición, según la interpretación del PSPV, haría que no hubiera quórum al tratarse de votos que no cuentan para el total.
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Es una cuestión peliaguda y técnica, pero que tiene el potencial de dar al traste con todos los acuerdos tomados desde hace meses. O mejor dicho, tenía, porque los informes del registro y del secretario municipal tumban las alegaciones del PSPV. «El acuerdo del Consejo de Administración se produce sin el voto en contra de ninguno de sus miembros. Además, con posterioridad, se otorgan poderes al nuevo gerente con la mayoría absoluta de los votos y una sola abstención, con lo que la falta de un voto para llegar a la mayoría absoluta quedaría subsanada por la doctrina de los actos propios, avalada doctrinal y jurisprudencialmente», indica el informe del Registro Mercantil.
Por si parte, el secretario municipal asegura que, de acuerdo con la literalidad de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital), cuando el artículo 248.1 dispone que en la sociedad anónima «los acuerdos del consejo de administración se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión» quiere decir que no han de excluirse las abstenciones del cómputo de los asistentes.
El alto funcionario añade que podría plantearse «el recurso reiterado a la abstención de los miembros del Consejo de Administración que representan a los grupos políticos de la oposición política en el Pleno del Ayuntamiento (sean del color que sean) y que están representados proporcionalmente en los consejos de administración de las sociedades mercantiles locales encaja o no en el engranaje de las decisiones de un órgano administrador de un servicio público municipal dotado de personalidad jurídica». «Puede chocar con el concepto de actitud diligente o de buen administrador que ofrece la legislación mercantil», deja caer el funcionario, que dice que habría que plantearse «si las abstenciones producidas en el seno del consejo, que pueden serlo en clave política, son una muestra o no de una diligente conducta por parte de los consejeros», lo que supone un varapalo para el PSPV.
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