![La policía aclara cuántas personas pueden ir en cada coche en el estado de alarma](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202004/15/media/cortadas/policia-local-kEsH-U100917383815W1G-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
![La policía aclara cuántas personas pueden ir en cada coche en el estado de alarma](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202004/15/media/cortadas/policia-local-kEsH-U100917383815W1G-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Miércoles, 15 de abril 2020, 11:52
La Policía Local de Valencia recuerda en su cuenta de Twitter que, durante el estado de alarma, se limita a una persona los ocupantes de los vehículos que circulan por cualquier tipo de vía pública. Sólo se contemplan cuatro excepciones:
1. Cuando viaje, además del conductor, un persona con discapacidad.
2. Cuando viaje, además del conductor, un persona mayor.
3. Cuando viaje, además del conductor, un menor de edad.
4. Con una causa justificada.
La Policía Local recuerda en su tuit, publicado el pasado 8 de abril, que desobedecer estas normas es motivo de sanción.
Com he d'anar en vehicle privat durant l'estat d'alarma🚨? NOMÉS A SOLES I PER MOTIUS JUSTIFICATS
PoliciaLocalValència (@policialocalvlc) April 8, 2020
En cas contrari es farà👮 proposta de sanció📋
Sigues responsable i col·labora🤝
Pel teu bé, pel de tot el 🌍#COVID19 pic.twitter.com/hQlJgyHhoc
Sin embargo, el Ministerio de Sanidad, en sus últimas recomendaciones de buenas prácticas en los desplazamientos al trabajo, indicaba que en los coches solo debe ir una persona por cada fila de asientos, manteniendo la mayor distancia posible entre los ocupantes. Y en todo caso para realizar alguna de las actividades permitidas en el Real Decreto del estado de alarma.
Hace unos días, fue la DGT quien recordó que, por la situación excepcional en la que se encuentra el país por la crisis sanitaria del coronavirus, solo están permitidos los desplazamientos para servicios esenciales. «En general está prohibido circular por las vías públicas durante el periodo que dure el estado de alarma», subraya la Dirección General de Tráfico. Únicamente existen siete excepciones, según aclara este departamento del Ministerio del Interior: Sí se puede circular si es para realizar alguna de las siguientes actividades:
-Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
-Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial. Consulta y descarga gratis en pdf los certificados necesarios.
-Retorno al lugar de residencia habitual.
-Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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