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La sede de Hacienda de la calle Guillem de Castro será del Ayuntamiento y de la Diputación. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha admitido el recurso presentado por ambas administraciones contra la sentencia que consideraba ajustado a Derecho que ... el edificio, construido en la década de los 50, pasara a ser propiedad del Estado, que ahora quería venderlo. Se da la circunstancia de que el solar sobre el que se levantó era del Ayuntamiento en un 60% y de la Diputación, en un 40%.
La sentencia admite el recurso presentado por las administraciones, que decían que había un enriquecimiento ilícito por parte del Estado: el solar de 1951 era, evidentemente, mucho menos valioso que el edificio de 2024, que en 2018 se tasó en más de 16 millones de euros. Precisamente, la Agencia Tributaria dijo que quería quedárselo para vendérselo, y eso ha sido el argumento principal de la sentencia: «La Administración adquiriente acuerda la desafectación de los bienes cedidos con la intención expresada de enajenarlos, sin darles un destino que satisfaga un fin público».
Los edificios cedidos al Estado por un periodo mínimo de 30 años son propiedad del Estado mientras los emplee para el uso por el que fueron cedidos. Como quiera que el estado del edificio era mejorable (en 2016 hubo caídas de falsos techos sobre puestos de los funcionarios), la Agencia Tributaria renunció al mismo y decidió construir uno nuevo. Fue entonces cuando expresó su intención de quedarse el de Guillem de Castro y venderlo. Llegó, incluso, a hablarse de la instalación de un hotel.
«Esta falta de uso y posterior desafectación hace desaparecer la razón esencial de este negocio jurídico, puesto que no se aprecian razones de interés público sobrevenido para este cambio de destino, en tanto que el interés de la Administración actora es estrictamente lucrativo o económico, dejando sin efecto el destino público del inmueble, incorporándolo a su patrimonio, con la intención de proceder a su venta o enajenación, sin que se alegue ninguna otra razón de interés público», indica la sentencia, que no es firme y contra la que podría imponerse un recurso de casación.
Ahora, Ayuntamiento y Diputación tienen que ver qué hacer con el edificio. Ambas administraciones tendrán que acceder al mismo cuando reciban las llaves, ver su estado y analizar si es posible instalar en él algunas oficinas públicas o, en su defecto, requiere una reforma costosa que podría incluso ameritar su venta.
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