![La sentencia del Tribunal de Cuentas sobre la EMT llega al Supremo](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2023/08/15/Imagen%20(183097948)-RGOfgeZebgZ04huzdVnFChN-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
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A punto de cumplirse cuatro años del fraude que sufrió la EMT en septiembre de 2019, la directiva despedida, y considerada por el momento única culpable a nivel contable del robo de cuatro millones de euros, Celia Zafra, ha llevado la cuestión al Tribunal ... Supremo. Después de que el Tribunal de Cuentas la considerara responsable y la obligara a pagar los 4,2 millones de euros robado (algo que Compromís celebró), Zafra ha decidido recurrir la sentencia y ha presentado un recurso de casación ante el Alto Tribunal.
La apelación se argumenta en torno a una cuestión de interpretación. El Tribunal de Cuentas considera que Zafra, como trabajadora pública, era responsable de los caudales de la empresa, aunque ella no autorizara las operaciones. El letrado de la directiva, Rafa Guía, argumenta que esto «conlleva un cambio jurisprudencial interpretativo sobre la doctrina del Tribunal Supremo», que ha considerado, al menos en otras ocasiones, que si hay es una responsabilidad civil, no contable. «Para que exista responsabilidad al alcance, los dos actos que el Tribunal Supremo califica de vital trascendencia son los de cargo o entrega de fondos y data, descargo o justificación del destino dado a los caudales recibidos, no pudiendo enmarcarse en ninguno de esos dos actos las labores de doña Celia Zafra», apunta el recurso al que ha tenido acceso este diario.
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«No puede sostenerse la nueva interpretación del Tribunal de Cuentas, a juicio de esta parte, dado que si se hiciera caso a esta se estarían invadiendo otras jurisdicciones y se estaría configurando la responsabilidad al alcance como una nueva responsabilidad civil frente a la Administración Pública», indica Guía.
Sobre la cuestión de la culpa que pudo tener Zafra en el robo, el letrado argumenta que el Tribunal Supremo tiene que «fijar jurisprudencia» al respecto de cuáles son las responsabilidades que alcanzan a funcionarios y empleados públicos «en los supuestos de actos ilícitos cometidos por terceros contra la Administración y que han utilizado a un funcionario o empleado público para su comisión sin conocimiento de este». El recurso insiste en que la directiva fue engañada y, por tanto, no se le puede culpar a ella de ser engañada porque, en ese caso, los estafadores quedarían impunes (que es lo que ha ocurrido en este caso, al menos en la justicia hongkonesa, que no ha conseguido recuperar ni un euro). «Es necesario que el Tribunal Supremo dicte una interpretación de las normas de responsabilidad al alcance y qué es negligencia, culpa grave o leve, en los términos nuevos que significan todo este tipo de estafas mediante las nuevas herramientas informáticas», comenta el abogado.
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