L. S.
Valencia
Viernes, 19 de enero 2024, 14:48
El Tribunal Supremo confirma el varapalo que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ya dio en abril al Ayuntamiento de Valencia por las restricciones que se impusieron a los vehículos de transporte con conductor.
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Y es que por la Junta de ... Gobierno del Ayuntamiento de Valencia ha pasado la sentencia del TSJ estimatoria del recurso interpuesto contra la modificación que se hizo de la ordenanza de Movilidad. Y es que, por providencia del Tribunal Supremo, se ha inadmitido el recurso de casación.
El TSJ tumbó la obligatoriedad de reservar los vehículos VTC con una hora de antelación en Valencia. También se anula la prohibición de estacionar en la vía pública y a 300 metros de los centros de concurrencia de clientes y de generación de demanda de servicios de transporte de personas viajeras como puertos, aeropuertos, estaciones de ferrocarril y de autobuses, y centros comerciales y de ocio, equipamientos deportivo recreativos y sanitarios asistenciales público o privados de la red primaria.
Cabe recordar que la decisión del Supremo es de septiembre de 2023 y confirma el fallo emitido en abril del pasado año por la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV contra esas limitaciones en la modificación de la ordenanza de movilidad de la capital valenciana y al estimar el recurso presentado contra la modificación de la ordenanza de movilidad de Valencia por una compañía de automóviles.
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La sentencia del alto tribunal, emitida por la sala tercera de lo contencioso-administrativo de este órgano, contempla también, como ya recogía el fallo del tribunal valenciano, las costas procesales que ha de pagar el consistorio y de una suma máxima de 2.500 euros.
El Supremo ha dictado su fallo, a partir del recurso de casación que en mayo de 2023 y bajo el mandato de Ribó presentó el Ayuntamiento de Valencia contra la sentencia del TSJCV que daba la razón a la citada empresa, declaraba contrarios a derecho y anulaba parte del artículo de la ordenanza que contemplaba las limitaciones.
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Así, la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite de ese recurso municipal, "primero, por falta de justificación de que las infracciones jurisprudenciales imputadas hayan sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la resolución recurrida" y "toda vez que las argumentaciones vertidas en el escrito de preparación no explicitan el cómo, el por qué y de qué forma entiende la parte recurrente que las infracciones denunciadas han sido determinantes de la decisión de la sentencia que se impugna".
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El alto tribunal justifica en segundo lugar su decisión "por falta de fundamentación suficiente porque la parte recurrente no ha fundamentado, con especial referencia al caso, por qué considera que en el caso concreto existe interés casacional objetivo que exija un pronunciamiento al Tribunal Supremo, alegando lacónicamente que en el proceso se ha declarado la nulidad de un precepto de una disposición general pero sin explicar sobre su trascendencia suficiente ni sobre la relevancia social y jurídica de los aspectos de dicha disposición que se han declarado nulos" y "que afectan a solo a una parte muy concreta de la disposición de carácter general objeto de litigio".
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La sentencia del Supremo se ha conocido este viernes después de que desde la oposición municipal en el consistorio valenciano se haya difundido la que el TSJCV dictó el 19 de abril de 2023 -pero sin señalar que el Supremo ya se había pronunciado en contra del recurso del consistorio y avalado ese fallo- tras admitir el recurso interpuesto por la mencionada compañía de automóviles contra los cambios en la ordenanza y desestimar así las restricciones aprobadas por el gobierno local que entonces formaban Compromís y PSPV.
Por su parte, el portavoz del PP en el Ayuntamiento de Valencia, Juan Carlos Caballero, ha explicado que esta sentencia «es un capítulo más de la pifia jurídica que dejó el gobierno de Ribó y Gómez. La sentencia viene a tumbar la regulación en materia de VTC que aprobó el equipo de gobierno anterior».
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Caballero ha opinado que de nuevo «estamos ante una nueva falta de rigor e improvisación del gobierno anterior».
Acto seguido ha indicado que van a estudiar el tema, «no vamos a aventurarnos. Vamos a escuchar a los servicios jurídicos del Ayuntamiento y ver qué regulación hacer acorde a la ley para no sacar normativas que son ilegales».
Ha añadido que están esperando a conocer «la solución acorde a la realidad. Lo que no vamos a hacer es improvisar porque ha quedado patente que lo que hizo el anterior gobierno no se hizo con rigor y deja en mal lugar al Ayuntamiento de Valencia».
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Ha concluido que, en cambio, de Catalá estudiará el tema «para consensuarlo con el sector. Hablando con todas las partes y conforme a ley».
Por otro lado, la concejala socialista María Pérez ha emplazado a María José Catalá a que aclare "si va a dar barra libre a las licencias de VTC para competir contra el sector del taxi y convertir Valencia en una franquicia del caos en el que el PP ha transformado Madrid”.
También lamenta que el PP se refiera a la normativa como “chapuza” y que se “esconda tras los técnicos cuando la normativa está redactada técnicamente y consensuada”.
Por su parte, desde el sector del taxi, el presidente de la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia, Fernando del Molino, afirma que durante este tiempo "no se ha cumplido la normativa y se tiene que hacer hasta que haya un fallo firme. Además, la Policía no tiene personal y a estas empresas les sale más barato arriesgarse a pagar la multa".
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Recuerda que pusieron un recurso de casación del Supremo "y no se admitió el del Ayuntamiento".
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