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Una pareja de novios hace su entrada en la iglesia para contraer matrimonio.
DERECHO CIVIL FORAL VALENCIANO

Los matrimonios valencianos se regirán por la separación de bienes

Las parejas podrán tener régimen de gananciales si lo piden ante notario

HÉCTOR ESTEBAN

Martes, 24 de junio 2008, 05:55

Los nuevos matrimonios que se celebren en la Comunitat se regirán por separación de bienes. El Tribunal Constitucional (TC), a través de un auto firmado el 12 de junio, aprobó levantar la suspensión de la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, la primera norma aprobada por Les Corts para recuperar el derecho foral recogido en el nuevo Estatuto. El hecho no implica que la ley sea considerada constitucional o no y la sentencia sobre el asunto, motivado por un recurso del Gobierno, podría tardar aún años en llegar.

¿Cuándo entrará en vigor la separación de bienes? La respuesta es sencilla. A los matrimonios valencianos se les aplicará este régimen en el momento en el que el auto del TC se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Si la resolución se inserta a lo largo de esta semana, los enlaces que se produzcan en la Comunitat el fin de semana ya se regirán de manera automática por la separación de bienes. El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, aseguró que el auto se publicará en el BOE "en los próximos días".

La Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciana fue aprobada en 2007 en el Parlamento autonómico con los votos del PP y de l'Entesa. Estaba previsto que entrara en vigor el 25 de abril de este año, Día de Les Corts. Pero nueve días antes, el Constitucional aceptó el recurso presentado por el Gobierno para suspender el conjunto de la ley.

Ahora, las parejas que se casan en la Comunitat se rigen por bienes gananciales, según marca el Código Civil. Es decir, el patrimonio individual con el que los cónyuges se presentan al enlace pasa a ser propiedad de los dos una vez dado el sí quiero. Si los contrayentes desean conservar su patrimonio deben realizar previamente capitulaciones ante notario.

En unos días, el proceso será a la inversa. Si los cónyuges prefieren compartir su patrimonio tendrán que acudir al notario para regirse por bienes gananciales, como ha ocurrido hasta ahora.

La nueva norma recoge también la figura de la . Esta permite que en un régimen de separación de bienes una propiedad, como puede ser la vivienda habitual, se rija por gananciales. Una de las mayores novedades de la ley es su flexibilidad.

¿Tiene carácter retroactivo la norma? No. Todos los matrimonios que se hayan casado antes de que el levantamiento de la suspensión se publique en el BOE se regirán por gananciales salvo que hayan hecho capitulaciones. El Código Civil regirá incluso para los que se hayan casado en estos casi dos meses que se ha tardado en resolver parte del conflicto.

¿Si al final del proceso el Constitucional resuelve que la ley valenciana es inconstitucional, los matrimonios que se han regido por separación de bienes volverán a gananciales? Como el propio Castellano señaló ayer, eso irá dictado en la futura sentencia. Aunque la postura adoptada por el Constitucional anticipa la posibilidad de que la totalidad de la norma sea legal.

Durante los meses posteriores a su aprobación por Les Corts, Gobierno y Generalitat crearon una comisión mixta para poner en común los 11 artículos que el Ejecutivo de Zapatero calificó de inconstitucionales. Ninguno de ellos era de vital importancia. Ni siquiera se puso en cuestión la recuperación de la separación de bienes. Durante la negociación no hubo acuerdo y la sorpresa llegó cuando el Gobierno pidió la suspensión de toda la ley al considerar que el derecho foral estaba "muerto". La admisión del recurso del Ejecutivo de Zapatero no implicaba en principio la suspensión de la norma, pero al aludir el recurso al artículo 161.2 de la Constitución, la ley quedó paralizada.

Inmediatamente, el Consell alegó contra la decisión del Constitucional. El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, defendió en todo momento la competencia de la Generalitat para legislar. La recuperación del derecho foral se recoge en el Estatuto y el Gobierno en ningún momento recurrió la Carta Magna valenciana por esta competencia incluida en el artículo 7.

El Constitucional basa el levantamiento de la suspensión de la ley matrimonial valenciana para evitar "un indebido bloqueo" de la capacidad competencial de la Comunitat Valenciana.

Además, en las alegaciones presentadas por la Abogacía de la Generalitat se destacó el hecho de que el Gobierno de Zapatero había recurrido el conjunto de la ley cuando la polémica estaba centrada en la posible inconstitucionalidad de 11 artículos. "Ninguno de ellos de especial relevancia", como detalló Serafín Castellano.

"La suspensión solamente procede en presencia de perjuicios ciertos y efectivos, en ausencia de los cuales ha de atenderse a la presunción de validez propia de las leyes", señala el auto. Un párrafo clave que justifica el levantamiento de la suspensión de la ley por parte del Constitucional.

La decisión del Constitucional fue aprobada con dos votos particulares. Tanto el magistrado Javier Delgado Barrio como Jorge Rodríguez-Zapata Pérez dieron un paso más. Ambos comparten la fundamentación jurídica del auto y su parte dispositiva. Además, cuestionan la decisión del Gobierno de Zapatero de interponer el recurso ocho meses después de la publicación de la ley, "desbordando el ámbito propio de aquellas discrepancias" referidas a los 11 artículos que, en un primer momento, eran el motivo de discusión entre Gobierno y Consell.

Para los dos magistrados se debió inadmitir el recurso planteado por el Ejecutivo central "porque excedía de las cuestiones planteadas en la comisión bilateral, por lo que en este ámbito ni siquiera era planteable la cuestión de la suspensión de la ley".

El Tribunal Constitucional recalca en el auto en varias ocasiones que su pronunciamiento sólo se refiere a la suspensión de la norma. Esto quiere decir que el recurso del Gobierno sobre la inconstitucionalidad del texto sigue adelante.

El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, se mostró esperanzado, a tenor de los antecedentes, de que en el final de este proceso el Constitucional valide la constitucionalidad de la Ley de Régimen Económico Matrimonial. Mientras esto se resuelve, los matrimonios en la Comunitat Valenciana se regirán por la separación de bienes.

El conseller de Gobernación anunció que pedirá reunirse de nuevo con la ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, para que retire el recurso tras la decisión del Constitucional de levantar la suspensión. En la primera cita, la ministra no cedió a la petición del conseller. Fuentes de Delegación del Gobierno señalaron que el auto "no da la razón al Consell, ya que el levantamiento de las suspensiones cautelares es normal y aquí no se ha prejuzgado la decisión final sobre el fondo de la cuestión".

Tras la decisión del Constitucional, Castellano anunció que el Consell recuperará la campaña de publicidad para informar a todos los valencianos sobre las novedades de la Ley de Régimen Económico Matrimonial. La campaña se paralizó después de la admisión del recurso presentado por el Gobierno.

Además, el auto del Constitucional abre de nuevo la puerta al Consell para tramitar nuevas leyes para recuperar los fueros que los valencianos perdieron hace 301 años en la batalla de Almansa.

La próxima norma que entrará en el Parlamento será la nueva Ley de Sucesiones, que modificará el reparto de las herencias que establece el Código Civil valenciano. Una norma dirigida para garantizar, entre otras cosas, la supervivencia de las empresas. Otra norma será la de recuperación de los Derechos Reales. Castellano realizó un llamamiento al PSPV para que se sume a la recuperación de los fueros.

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